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Mérida, Yucatán, a 25 de septiembre de 2013.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) multó con $1, 424,720.00 al dueño de una embarcación escamera que encalló dentro del limítrofe del Área Natural Protegida Parque Nacional Arrecife Alacranes, por no realizar las obras o actividades con fines preventivos en materia de impacto ambiental y vida silvestre, en dicha zona coralina.
También la PROFEPA gravó con más de $100,000.00 m/n a la persona que gobernaba dicha embarcación, debido a la falta de pericia en el manejo de la nave al incursionar en dicha área natural protegida que concentra la estructura de coral más grande del Golfo de México
El encallamiento se suscitó a principios del año 2012 y afectó una área de más de 1,400m2 de ecosistema coralino, en sólo tres meses, por desprendimiento de estructuras, fragmentación y pulverización de las colonias de corales, con daños directos a la especie de coral de fuego (Millepora complanata), coral cerebro (Diploria strigosa) y coral cuerno de ciervo (Acropora palmata); esta última sujeta a protección especial de acuerdo a la NOM-059-SEMARNAT-2010.
La sanción se aplicó como resultado del daño y riesgo de contaminación a los recursos naturales de ecosistemas de coral, derivado del encallamiento; además que no se realizaron obras o actividades con fines preventivos ante la situación de emergencia (encallamiento).
Igualmente, no dio el aviso correspondiente a la SEMARNAT, con objeto de que ésta tomara las medidas necesarias para atenuar los impactos al medio ambiente en los términos del Artículo 170 de la LGEEPA.
El infractor no presentó un informe de las acciones realizadas ni de las medidas de mitigación y compensación que aplicaran como consecuencia de la realización de dicha obra o actividad, como lo indican los artículos 7 y 8 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente en materia de Evaluación de Impacto Ambiental.
Cabe señalar que el infractor está sujeto al Artículo 203, el cual establece que: “Sin perjuicio de las sanciones penales o administrativas que procedan, toda persona que contamine o deteriore el ambiente o afecte los recursos naturales o la biodiversidad, será responsable y estará obligada a reparar los daños causados, de conformidad con la legislación civil aplicable”.
De manera adicional la PROFEPA interpuso dos denuncias ante la delegación de la Procuraduría General de la República (PGR) a efecto de lograr la consignación al juzgado de distrito correspondiente del responsable.
La primera acción fue por delitos cometidos contra la biodiversidad; mientras que la segunda por el incumplimiento de las medidas emitidas por esta Procuraduría según el Código Penal Federal en sus disposiciones relativas en materia ambiental.