Notas antiguas
2014-04-04 22:28:17 Inédito: Crean diagrama detallado y tridimensional del cableado del cerebro de ratones Javier W. López Madera

2014-04-04 22:26:19 Primer Congreso de Investigación Científica Juvenil Ariel Martín

2014-04-04 22:26:19 Primer Congreso de Investigación Científica Juvenil Ariel Martín

2014-04-04 22:19:09 Hobonil, lugar propicio para el estudio y aprendizaje Valeria Fernández

2014-04-04 22:15:35 Alerta y alarma en Morelos: Muerte masiva de cabezas de ganado Javier W. López Madera

2014-04-04 22:14:44 Fortalecen infraestructura básica en el Oriente del estado Osvaldo Chávez

2014-04-04 22:10:05 Fortalece SEDECULTA alianza con instituciones educativas Kamila López

2014-04-04 22:03:45 Ingresa CONALEP Valladolid al Sistema Nacional de Bachillerato Elena Martin

2014-04-04 21:59:54 Conocen en Colombia el proyecto “Apoyo, dignificación y regularización del comerciante informal” Ariel Martín

2014-04-04 21:56:39 Presentan Premio Nacional al Mérito Forestal 2014: Convocatoria para postulaciones cierra el 16 de mayo Javier W. López Madera

2014-04-04 21:51:54 Cumpleaños 13 de CONAFOR: Al cuidado de los bosques de México Javier W. López Madera

2014-04-04 21:49:35 “Regresa el teatro infantil a la cartelera dominical del Centro Cultural Olimpo” Valeria Fernández

2014-04-04 21:49:16 Por malos hábitos alimenticios y falta de ejercicio: Hay más casos de diabetes en México Javier W. López Madera

2014-04-04 21:43:51 Rondalla de adultos mayores celebra su séptimo aniversario Osvaldo Chávez

2014-04-04 21:39:20 Paseo Verde se iluminará con tributo a estrellas de la música Kamila López

2014-04-04 21:38:00 Estrés laboral: Afecta a 43% de los mexicanos, genera el 13% de bajas y provoca diferentes padecimientos Javier W. López Madera

2014-04-04 21:35:06 Mantenimiento y ampliación del sistema de drenaje evitan molestias en la época de lluvias Elena Martin

2014-04-04 21:35:02 "Voy al Doc, tu cita en un click": Temas de salud, principales asuntos para buscar en plataformas digitales Javier W. López Madera

2014-04-04 21:31:22 Ofrecerá la OSJY concierto “El arte de la interpretación” Ariel Martín

2014-04-04 21:27:25 Edulcorantes no son dañinos para la salud, afirma estudio Javier W. López Madera

2014-04-04 21:19:29 Cruda verdad para vegetarianos: Mayor riesgo de sufrir cáncer y...¡problemas de salud mental! Javier W. López Madera

2014-04-04 21:18:27 Controvertido estudio sugiere que vegetarianos tienen peor calidad de vida: Son personas menos sanas Javier W. López Madera

2014-04-04 17:17:52 Empresas perdieron 18,000 millones de pesos por "Mexicana de Aviación" Javier W. López Madera

2014-04-04 17:13:16 Recuento del cese de operaciones a la quiebra: "Mexicana de Aviación" Javier W. López Madera

2014-04-04 17:06:50 Deuda de "Mexicana de Aviación" también afecta a Bancomext: 1,100 millones de pesos Javier W. López Madera

2014-04-04 17:02:40 Golpe a Banorte de 1,200 mdp: Quiebra de "Mexicana" pega a ese grupo financiero Javier W. López Madera

2014-04-04 16:37:16 Secretaría del Trabajo estará atenta al pago de liquidaciones de los trabajadores Javier W. López Madera

2014-04-04 16:32:49 Taller de Mantenimiento de "Mexicana", a la venta: Calculan se venderá en 100 millones de dólares Javier W. López Madera

2014-04-04 16:20:27 Con venta de aviones pagarán a trabajadores, dice Bancomext: "Invex" continuará con el manejo del fideicomiso Javier W. López Madera

2014-04-04 16:14:06 Pasivo laboral impagable: Deja "Mexicana de Aviación" Javier W. López Madera

2014-04-04 16:06:04 Síndico deberá presentar inventario: Tendrá 90 días naturales de plazo Javier W. López Madera

2014-04-04 16:00:01 Lamenta Gobierno de Peña Nieto la quiebra de "Mexicana" y sus filiales Javier W. López Madera

2014-04-04 15:53:46 "Mexicana de Aviación", la aerolínea más antigua de México Javier W. López Madera

2014-04-04 15:51:05 "Crónica de una quiebra anunciada": Trabajadores impugnarán la decisión de la juez Javier W. López Madera

2014-04-04 15:42:48 Ex trabajadores de "Mexicana de Aviación" instalan plantón en el aeropuerto del D.F. Javier W. López Madera

2014-04-04 15:38:35 "Mexicana de Aviación" NO volverá a volar Javier W. López Madera

2014-04-04 15:32:31 Declaratoria de quiebra de "Aerovías Caribe" Javier W. López Madera

2014-04-04 14:58:06 Declaratoria de quiebra de "Mexicana Inter" Javier W. López Madera

2014-04-04 14:46:49 Declaratoria de quiebra de "Mexicana de Aviación" Javier W. López Madera

2014-04-04 14:36:06 Gobierno de Peña Nieto acatará resolución de quiebra de "Mexicana de Aviación", dice secretario de Hacienda Javier W. López Madera

2014-04-04 14:29:31 No hay romance entre Wílliam Levy y XImena Navarrete Claudia Sofía Gómez Infante

2014-04-04 14:26:51 Confunde cadáver con maniquí y lo tira a la basura Claudia Sofía Gómez Infante

2014-04-04 14:24:24 12,679 millones de pesos: Total de la quiebra de "Mexicana de Aviación" Javier W. López Madera

2014-04-04 14:24:11 Gabo da muestras de recuperación: Manda a los periodistas a trabajar Claudia Sofía Gómez Infante

2014-04-04 14:22:01 La flojera de leer lo hizo millonario Jorge Armando León Borges

2014-04-04 14:17:34 Juez declara en quiebra a "Compañía Mexicana de Aviación" Javier W. López Madera

2014-04-04 12:25:17 Visto bueno a Mando Único Policial: En 80 de 113 municipios de Michoacán Javier W. López Madera

2014-04-04 12:22:25 "Efecto cucaracha": Narcos de Tierra Caliente huyeron hacia Colima, advierte Mireles Valverde Javier W. López Madera

2014-04-04 12:07:35 Defiende Mireles Valverde el derecho constitucional de poseer armas Javier W. López Madera

2014-04-04 11:37:26 "Ni desarme ni gendarmes": “Si el pueblo está unido jamás nos van a desarmar", advierte Mireles Javier W. López Madera

2014-04-04 11:31:33 Desarmarán a Autodefensas: En las próximas semanas, advierte comisionado Alfredo Castillo Javier W. López Madera

2014-04-04 08:49:01 Policía Federal, estatal, Ejército y Autodefensas toman el control de Jiquilpan: Tras el choque armado Javier W. López Madera

2014-04-04 08:43:53 Ejército y Autodefensas iban tras "La Tuta": Está "de vacaciones" en Jiquilpan y Sahuayo Javier W. López Madera

2014-04-04 08:36:58 Coque armado en Jiquilpan: Autodefensas contra comando de sicarios que incendió camiones Javier W. López Madera

2014-04-04 07:23:39 Otras "fichitas" del PRI: Son varios los priístas que han metido en bretes al Partido por sus escándalos y señalamientos Javier W. López Madera

2014-04-04 07:14:25 Prácticamente a golpes y puntapiés: La batalla por el PRI capitalino Javier W. López Madera

2014-04-04 07:09:24 Laura Arellano quedó al frente del PRI-D.F.: Licencia de Cuauhtémoc Gutiérrez Javier W. López Madera

2014-04-04 06:57:40 Cae poder del hijo del "Zar de la Basura": En el 2012 consolidó su liderazgo priísta capitalino Javier W. López Madera

2014-04-04 06:53:13 "El Príncipe de la Basura": ¿Quién es Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre? Javier W. López Madera

2014-04-04 06:48:29 No tengo necesidad de contratar mujeres, dice Gutiérrez: Denuncia millonaria extorsión para frenar acusaciones Javier W. López Madera

2014-04-04 06:46:41 Evita las enfermedades por las altas temperaturas Carmen Alicia Briceño Sánchez

2014-04-04 06:44:18 Gutiérrez de la Torre presenta denuncia ante la PGJDF: Para "el esclarecimiento" de los hechos Javier W. López Madera

2014-04-04 06:42:11 Atrapan al "chupacabras" en Texas Claudia Sofía Gómez Infante

2014-04-04 06:40:49 "¡No a la trata!, ¡Exigimos cárcel!": PGJDF sí investigará red de prostitución del ex dirigente priísta capitalino Javier W. López Madera

2014-04-04 06:37:24 Johnny Depp se casará con la actriz Amber Heard María del Mar Boeta

2014-04-04 06:35:16 Muere desangrada tras cesárea con un cúter Carmen Alicia Briceño Sánchez

2014-04-04 06:33:15 García Márquez responde bien al tratamiento médico Claudia Sofía Gómez Infante

2014-04-04 06:30:23 Investigación "a profundidad": Escándalo sexual cimbró al PRI-D.F. Javier W. López Madera

2014-04-04 06:29:46 Atrapada en una alcantarilla por recuperar su celular Eduardo Ignacio Ramos Pérez

2014-04-04 06:26:07 Mozilla despide a su CEO por estar en contra del matrimonio gay Claudia Sofía Gómez Infante

2014-04-04 06:24:48 "Tri" saca rotundo 7: Así calificó Rafa Márquez el desempeño de la Selección ante EE.UU. Javier W. López Madera

2014-04-04 06:21:16 Los narcos se fueron a Colima: afirma Mireles Carmen Alicia Briceño Sánchez

2014-04-04 06:18:14 Schumacher ya abre los ojos y "tiene momentos de conciencia" Carmen Alicia Briceño Sánchez

2014-04-04 06:15:49 El IFE deja de existir después de 23 años: Deja el paso al INE Jorge Armando León Borges

2014-04-04 06:15:26 "El Piojo" podría adelantar la lista definitiva de los 23 jugadores que irán a Brasil Javier W. López Madera

2014-04-04 06:12:33 AMLO afirma que hay complot contra el gobernador del Estado de México Carmen Alicia Briceño Sánchez

2014-04-04 06:09:51 Conoce a los priístas incómodos Claudia Sofía Gómez Infante

2014-04-04 06:03:28 Buscan la caja negra del avión malayo Jorge Armando León Borges

 - 
Pulso-Economía y negocios

Declaratoria de quiebra de "Mexicana de Aviación"

2571 palabras

MEXICO, D.F., 4 de abril.- La juez Décimo Primero de Distrito en Materia Civil, Edith Alarcón Meixueiro, declaró en estado de quiebra a las aerolíneas Compañía Mexicana de Aviación, Mexicana Inter (Link) y Mexicana Click (Aerovías Caribe) tras 43 meses de permanecer en concurso mercantil.

La declaratoria

CASO: Concurso Mercantil de Compañía Mexicana de Aviación. Declaratoria de quiebra.

ASUNTO: El Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal da a conocer que en el concurso mercantil 432/2010 iniciado a solicitud de Compañía Mexicana de Aviación, se determinó dictar sentencia, resolviéndose lo siguiente:

ANTECEDENTES:

PRIMERO. Mediante escrito presentado el 2 de agosto del 2010, el apoderado y Secretario del Consejo de Administración de Compañía Mexicana de Aviación, solicitó la declaración de concurso mercantil de la nombrada persona moral.

SEGUNDO. Radicado el citado asunto bajo el expediente número 432/2010, el Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, se avocó a su conocimiento y por sentencia interlocutoria de 6 de septiembre del 2010, declaró en concurso mercantil a Compañía Mexicana de Aviación y por sentencia de 13 de diciembre del 2010, resolvió lo conducente respecto al reconocimiento, graduación y prelación de los créditos a cargo de la comerciante.

TERCERO. De forma previa a que concluyera el periodo de conciliación de 185 días, previsto en el artículo 145 primer párrafo de la LCM, el conciliador solicitó se otorgara una prórroga de 90 días, respecto a la etapa de conciliación, siendo que tal petición fue acordada de forma favorable el 28 de marzo del 2011.

CUARTO.- La etapa de conciliación y su prórroga autorizada fueron computadas legalmente, apreciándose que a esta fecha ha concluido de forma definitiva el plazo de conciliación en este juicio de concurso mercantil. Asimismo, también habían transcurrido los distintos plazos solicitados por el interventor -con el visto bueno de la SCT-, sin que se hubiera demostrado la viabilidad del convenio concursal presentado por el conciliador, pues había sido una constante, la incomparecencia e indefinición de un inversionista serio, con capacidad financiera suficiente, que haciendo frente a la magnitud de compromisos legales y financieros de la comerciante Compañía Mexicana de Aviación y sus filiales, sacara a éstas del estado de concurso mercantil en que se ubicaron.

Que la figura del inversionista surgió como un elemento novedoso e indispensable, acorde a la opinión del conciliador, así como al Plan de Negocios y el Modelo Financiero de las empresas nombradas, por lo que era indiscutible que para la viabilidad del convenio concursal exhibido, era imprescindible la participación de un inversionista con capacidad financiera suficiente.

Que para lograr la integración de un inversionista al proyecto de capitalización y reestructura de la concursada y sus filiales, el conciliador designado y este Juzgado Federal, emprendieron distintas acciones.

Que las acciones del conciliador en torno a la búsqueda de un inversionista, se muestran con los informes rendidos por dichos especialista a éste Juzgado en el expediente 432/2010.

Que el Juzgado efectuó un análisis pormenorizado de las constancias del expediente, concluyendo que estaban dadas las condiciones legales y materiales, que permitían verificar la celebración de un convenio concursal, pero ello requería necesariamente el suministro de recursos económicos que capitalizaran a la concursada.

Que esta autoridad jurisdiccional aclaró todas las inquietudes expresadas por aquellos que manifestaron su interés en participar con el carácter de inversionistas, entre otras la vigencia de la concesión, de las rutas nacionales e internacionales, los slots u horarios de despegues y aterrizajes asignados a Mexicana, la renovación del Certificado de Explotador de Servicios Aéreos (AOC), la situación de las aeronaves AIRBUS A-320, en posesión de Mexicana; y, la existencia de las acciones integrantes del capital social de NGA, Aerovías, Mexicana, Inter y MRO.

Que respecto al convenio presentado por el conciliador, fueron agotados por parte del citado especialista y este Juzgado Federal los plazos y las vistas que regulan la ley en favor de los acreedores reconocidos y la SCT, en su calidad de autoridad concedente.

Que ese convenio no se apegaba a la LCM, pues no cumplía con el objeto principal que era la conservación de la empresa concursada, ello ante su falta de viabilidad, por virtud de la indefinición del inversionista que hiciera frente a la serie de obligaciones legales de Compañía Mexicana de Aviación, por lo que el Juzgado arribó a la decisión de no aprobar la propuesta de convenio concursal exhibida por el conciliador.

Que tomando en cuenta ya había concluido de forma definitiva el plazo de la conciliación y su única prórroga autorizada, sin que fuera sometido a la consideración del Juzgado para su aprobación, diversa propuesta de convenio concursal, a la no aprobada, SE DECLARÓ DE PLANO EN ESTADO DE QUIEBRA a Compañía Mexicana de Aviación, sociedad anónima de capital variable "Mexicana", con las consecuencias propias de tal decisión, contenidas en la ley de la materia, que se describen en los puntos resolutivos de tal fallo, a saber:

PRIMERO.- Con fecha 3 de abril del 2014, se declara de plano en estado de quiebra a la empresa concursada Compañía Mexicana de Aviación, sociedad anónima de capital variable, por encontrarse en la hipótesis prevista por la fracción II de los artículos 167 y 168 de la Ley de Concursos Mercantiles (LCM).

SEGUNDO.- Al advertirse que el objeto principal de la comerciante es la prestación del servicio público de transporte aéreo regular, no regular, nacional e internacional de pasajeros, correo y carga, con motivo de la concesión otorgada por el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, de conformidad con los numerales 237 al 244 de la LCM, comuníquese a dicha Secretaría de Estado para que dentro de los cinco días siguientes a aquel en el que le sea notificada la presente sentencia, proponga síndico quien a su vez, dentro de los tres días siguientes a su designación deberá hacer del conocimiento de los acreedores su nombramiento y señalar un domicilio dentro de la jurisdicción de este Juzgado para el cumplimiento de las obligaciones que le impone la ley.

Asimismo, dentro de los cinco días siguientes a su designación deberá comunicar a este órgano jurisdiccional el nombre de las personas de las que se auxiliará para el desempeño de sus funciones, sin que ello implique delegación de las mismas y sin perjuicio de que desde su designación inicie inmediatamente su encargo. En tanto se efectúa designación de síndico, sus administradores, gerentes y dependientes tendrán las obligaciones que la ley atribuye a los depositarios, lo anterior con apego a lo previsto por los artículos 169, fracción V, parte final, 170 parte última y 172 del citado cuerpo legal.

TERCERO.- Se declara que conforme a lo dispuesto por el artículo 169, fracción I, de la LCM, queda suspendida la capacidad de ejercicio de la comerciante en quiebra, sobre los bienes y derechos que integran la masa, los cuales serán administrados por el síndico, quien para el ejercicio de sus funciones y con sujeción a lo previsto en la ley concursal, contará con las más amplias facultades incluyendo las de dominio, que en derecho procedan, cuyo ejercicio quedará supeditado de forma indefectible a lo determinado en el resolutivo DECIMO TERCERO de la presente resolución, siendo que a este respecto, el especialista obrará como un administrador diligente, atento a lo previsto por el artículo 189 del citado ordenamiento legal, debiendo además rendir ante este Juzgado el dictamen, el inventario y el balance a que se refiere el artículo 190 de la invocada ley.

CUARTO.- En razón a que en términos del artículo 82 de la LCM, el conciliador designado asumió en el presente asunto, además el carácter de Administrador de la hoy fallida; por tanto, éste prestará al síndico todo el apoyo necesario para que tome posesión de su encargo, y le entregará toda la información sobre el comerciante que haya obtenido en el ejercicio de sus funciones, así como de los bienes de la Comerciante que administró, tal como lo regula el artículo 173 del citado cuerpo legal.

QUINTO.- Se ordena a la comerciante, a sus administradores, gerentes y dependientes, que entreguen al síndico la posesión y administración de los bienes y derechos que integran la masa, con excepción de los inalienables, inembargables e imprescriptibles; lo anterior, con fundamento en el artículo 169, fracción II, de la LCM.

SEXTO.- Se ordena a las personas que tengan en su posesión bienes de la comerciante, los entreguen al síndico. Lo anterior incluye a depositarios de bienes embargados y a los designados en su caso en providencias precautorias, atento a lo previsto por el artículo 169, fracción III, de la LCM.

SÉPTIMO.- Se prohíbe a los deudores de la comerciante hoy fallida, pagarle o entregarle bienes sin autorización del síndico, con apercibimiento de doble pago en caso de desobediencia, tal como lo prevé el artículo 169, fracción IV, de la LCM.

OCTAVO.- Se ordena al síndico conforme al artículo 171 de la LCM, que dentro de los cinco días siguientes a su designación, tramite la publicación de un extracto de esta sentencia, por dos veces consecutivas, en el Diario Oficial de la Federación y en los periódicos de mayor circulación en la localidad, para lo cual se ordena desde ahora elaborar los edictos conteniendo dicho extracto y los oficios correspondientes y ponerlos a disposición del síndico.

NOVENO.- Se ordena al síndico conforme al artículo 171 de la LCM, que dentro de los cinco días siguientes a su designación, solicite la inscripción de esta sentencia en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, que corresponde al domicilio de la comerciante y en los lugares donde tenga agencia, sucursal o bienes sujetos a inscripción en algún Registro Público. Para tal efecto se ordena desde ahora expedir copias certificadas, así como, girar los oficios, despachos y exhortos, que sean necesarias y una vez elaboradas tales comunicaciones oficiales, pónganse a disposición del síndico que sea designado.

DÉCIMO.- Se ordena al síndico conforme al artículo 180 de la LCM, que de inmediato inicie las diligencias de ocupación, mediante inventario, de libros, papeles, títulos valor, documentos, medios electrónicos de almacenamiento y proceso de información, existencia en caja y todos los bienes de la comerciante concursada declarada en quiebra, que se encuentren en posesión de ésta o de cualquier otra persona, siendo que a este respecto el Secretario de acuerdos hará constar los actos relativos a la toma de posesión del síndico y para la práctica de las diligencias respectivas se tendrán por habilitados los días y horas inhábiles.

DÉCIMO PRIMERO.- Se declara que subsiste como fecha de retroacción el 6 de febrero del 2006, atento a la firmeza de la sentencia de 19 de julio del 2011, atento a lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 112 de la LCM.

DÉCIMO SEGUNDO.- Las acciones promovidas y los juicios seguidos por la comerciante fallida y las promovidas y los seguidos contra ella, que se encuentren en trámite al dictarse esta sentencia, que tengan un contenido patrimonial, no se acumularán al juicio concursal sino que se seguirán por el síndico, para lo cual la quebrada deberá informar al especialista de la existencia de dichos procedimientos al día siguiente de que sea de su conocimiento su designación, con fundamento en el artículo 84 de la LCM.

DÉCIMO TERCERO.- Se ordena al síndico proceda en términos de los artículos 197 y siguientes de la LCM, a la enajenación de los bienes y derechos que integran la masa, procurando obtener el mayor producto posible por su enajenación, a fin de hacer pago a los acreedores reconocidos; ahora bien, no cabe duda que la enajenación del patrimonio de la masa concursal, incidirá directamente en la proporción del pago a todos los acreedores reconocidos en el presente asunto, el cual a más de ser un procedimiento especial de interés público, éste ha adquirido un matiz social; por tanto, se precisa que será este Juzgado Federal, quien después de efectuar el análisis de las operaciones de venta que el síndico proponga previamente, el que autorizará de forma definitiva, si proceden o no tales enajenaciones, esto es, esas operaciones no podrán ser efectuadas hasta en tanto este Juzgado Federal emita la autorización correspondiente, para lo cual el citado especialista bajo su responsabilidad y en términos del artículo 210 de la LCM, indefectiblemente deberá exhibir a esta autoridad rectora del procedimiento concursal, el sustento documental de sus proposiciones y en caso de ser procedente, los peritajes, avalúos y demás estudios que en su opinión como especialista en la materia, sean necesarios e ilustren para mejor proveer a la suscrita Juez; lo anterior, sin perjuicio de que esta autoridad a su vez podrá allegarse de todos los medios que considere pertinentes.

DÉCIMO CUARTO.- Expídase a costa de quien teniendo interés jurídico lo solicite, copia certificada de esta sentencia, atento a lo previsto por la parte final del artículo 169 en relación con la fracción XV del diverso 43 de la LCM.

DÉCIMO QUINTO.- Dado que del propio dictamen razonado y circunstanciado rendido por el visitador Eduardo Ojeda López Aguado, se advierte la existencia de acreedores domiciliados fuera del territorio nacional y/o extranjeros, el síndico deberá adoptar las medidas pertinentes en términos de los artículos 291, 304 y 305 de la LCM, a fin de comunicarles legalmente el presente fallo. (El Universal)

¿Eres soltera?
||||ººººº||||