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Alegría y júbilo se dio en la defensa de Wafé Kuri Torre al conocer el dictamen de un perito en medicina forense presentado por la parte acusadora.
A casi dos años del lamentable hecho en el que perdió la vida Rosa María Arceo Ochoa, la juez del juzgado Séptimo Penal, Rubí Guadalupe González Alpuche, recibió el dictamen pericial del médico cirujano especialista en patología y maestro de medicina forense, Juan Rubén Hernández Chávez, contratado por la coadyuvancia de la Procuraduría del Estado, quienes acusan a Wafé Kuri Torre de haber dado muerte a su esposa Rosa María Arceo Ochoa y posteriormente de haberse pegado un tiro él mismo.
Después de haber estudiado minuciosamente la documentación contenida en el expediente, material fotográfico y radiológico, y de haber efectuado el estudio microscópico del material histológico que obra en las instalaciones del juzgado y que consiste en un fragmento de piel del orificio de entrada de la bala en el tórax de Kuri Torre y estudiar las lesiones de la occisa Rosa María Arceo, todo con la finalidad de llegar a la verdad histórica de los hechos, el doctor Hernández Chávez dictaminó sobre las lesiones de Wafé y de su esposa Rosa María.
Al realizar el estudio del material histológico de la piel de Wafé Kuri en el orificio de entrada de la bala que casi le arrebata la vida, se pudo observar claramente que los pelos se encuentran libres de daño por calor, es decir, no se encuentran quemados. Lo mismo con la epidermis que carece de daño por calor ya que se aprecia que las células están íntegras al igual que la dermis subyacente. En la epidermis se observa la ausencia absoluta de tatuaje.
Lo anterior coincide con el médico patólogo particular al cual el día de los hechos le fue enviada la muestra de piel de alrededor de la herida de bala que retiró el doctor José Luis Araujo para que se efectuaran los estudios histopatológicos correspondientes. El dictamen que emitió diagnostica la necrosis epidérmica e inflamación aguda en la dermis superficial característica de cualquier lesión en la piel por objeto contundente. Nunca hace referencia a quemaduras o a la presencia de cuerpos extraños como pudieran ser fibras textiles, partículas de carbón o fragmentos de metal que podrían sugerir que el disparo del arma de fuego fuera a corta distancia.
El dictamen emitido por el perito en medicina forense, Mario Octavio Morales Suárez, es carente de valor ya que no precisa si el disparo que recibió Wafé Kuri fue de corta, media o larga distancia, ni hace referencia a estudios especializados y bibliografía de estudios de médicos forenses reconocidos mundialmente con los que se pudieran comparar para determinar la distancia del disparo.
Simplemente se limita a dar una descripción macroscópica y microscópica de la laminilla que recibió para su estudio y expresar que la piel presenta alteraciones que sugieren lesión por arma de fuego ─cosa que todos sabemos y no necesitamos ser médicos para saber que Kuri Torre recibió un balazo─ y concluye que la piel presenta tejido celular subcutáneo con necrosis coagulativa y depósitos de carbono.
La necrosis coagulativa se refiere a la muerte de las células y tejidos por falta de aporte sanguíneo que está presente hasta en un raspón común y corriente.
En lo referente a los depósitos de carbón no menciona en qué cantidades o concentraciones para determinar la distancia a la que se disparó el arma de fuego.
Según un médico patólogo —amigo de esta empresa editorial— consultado sobre el caso —se le proporcionó el dictamen del doctor Morales Suárez— comentó que cualquier perito médico forense del mundo se reiría al ver este dictamen por su nula profesionalidad, además de que no aporta elementos para esclarecer los hechos y llegar a la verdad histórica.
El perito en medicina forense, Juan Hernández Chávez, presentado por la coadyuvancia de la parte acusadora —Ministerio Público del Estado— determinó que el disparo que recibió Wafé Kuri Torre fue casi mortal ya que dañó órganos vitales presentando las siguientes lesiones: perforación del pericardio, desgarro del corazón, herida en pulmón derecho, sangrado de dos litros, perforación de diafragma y lesión del hígado. Es evidente que estuvo a punto de fallecer.
Lo anterior desecha totalmente la teoría de la Procuraduría del Estado en el sentido de que Kuri Torre mató a su esposa y posteriormente se dio un disparo en un lugar del cuerpo en el que no pondría en peligro su vida. Según la Procuraduría era la coartada de Wafé Kuri para fingir que fueron agredidos por los policías que él inculpa.
En lo referente a la distancia a la que fue realizado el disparo en contra de Wafé Kuri, por las características microscópicas de la piel que el juzgado puso a disposición del perito, en la que carece de tatuaje de pólvora —característico de un disparo de corta o mediana distancia— aunado a que no hay partículas de carbón y los pelos y las glándulas sudoríparas están intactos sin quemaduras, son elementos que refuerzan que el disparo fue desde una distancia mayor, esto es, a más de 90 centímetros, segundo elemento que refuerza la imposibilidad de Kuri Torre se haya autodisparado.
Un tercer elemento que destruye la teoría del Ministerio Público del Estado es que la bala entró por el lado izquierdo del torax con trayectoria al derecho. Lo anterior sería imposible ya que los peritos de la Procuraduría sostienen que Wafé Kuri se disparó con la mano derecha.
El resultado del peritaje de la coadyuvancia junto con las declaraciones de cinco médicos que participaron en la cirugía que le salvó la vida a Wafé Kuri Torre, coinciden que la herida era pequeña, de bordes bien definidos, que no presentaba quemaduras ni el tatuaje característico de disparo de corta distancia y que los vellos del pecho no presentaban quemaduras. Esto aunado a todas las irregularidades que Artículo 7 ha venido documentando y presentando a sus lectores, son indicativos de que muy probablemente, en forma intencional, se está cometiendo una injusticia y que se está muy lejos de la verdad histórica de los hechos.