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Tal y como en nuestro número anterior demostramos con copias de sus recibos de nómina, hasta la fecha la Secretaría de Hacienda no le ha descontado un solo peso a la gobernadora Ortega Pacheco para aportarlos al fondo de becas "Compartir" como le obliga el decreto de creación de ese programa estatal.
Esta omisión, desconocida por unos, disculpada por otros y subsanada por nadie, ha ocasionado que, hasta la fecha, se le adeude al referido fondo de becas un monto superior al millón y medio de pesos que le fueron pagados a la titular del ejecutivo del Estado en vez de aportarse a "Compartir" y presuntamente configura los siguientes delitos cometidos por quien debió haber efectuado los descuentos, por quien gozó de esos recursos indebidamente e, inclusive, por ambos:
La fracción I del Artículo 259 del Código Penal del Estado establece que comete este delito "el servidor publico que en el desempeño de su empleo, cargo o comisión, indebidamente otorgue contratos, concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones, efectúe compras o ventas o realice cualquier acto jurídico que produzca beneficios económicos al propio servidor, a su cónyuge, descendientes o ascendientes, parientes por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado, a cualquier tercero con el que tenga vínculos afectivos, económicos o de dependencia administrativa directa, socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen parte".
El Artículo 263 del Código Penal estatal establece que comete este delito el "servidor público que para usos propios o ajenos distraiga de su objeto dinero, valores, fincas, o cualquier otra cosa perteneciente al Estado, a un Municipio, a una Institución Privada o Pública, a un Organismo Descentralizado, a un particular, si por razón de su cargo los hubiere recibido en administración, en depósito o por cualquier otra causa".
El Código Penal del Estado en su Artículo 265 señala que se da este delito "cuando el servidor público no pudiere acreditar el legítimo aumento de su patrimonio o la legítima procedencia de los bienes a su nombre o de aquellos respecto de los cuales se conduzca como dueño..."
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¿Cómo una generosa promesa de campaña puede derivar en la comisión de varios delitos? En la masiva e irresponsable expedición de decretos y en la no observancia de los mismos está la respuesta. |
En el caso que nos ocupa, y ante el incumplimiento flagrante del Artículo 2 del decreto de creación de "Compartir" que obliga a la Secretaría de Hacienda a descontar directamente y transferir al fondo de dicho programa 50% del sueldo de la gobernadora, el secretario de Hacienda estatal presuntamente incurrió en el delito de ejercicio abusivo de funciones al otorgar una "exención" a su superior directo (la gobernadora) para no aplicarle los referidos descuentos. Por este ilícito, Juan Gabriel Ricalde Ramírez se podría hacer acreedor a una pena corporal de tres meses a seis años de prisión, a una multa de veinte a doscientos días y a su destitución e inhabilitación para desempeñar cargos públicos de dos a diez años.
Asimismo, al haber "distraído" recursos públicos (no olvidar que 50% del salario del titular del ejecutivo fue "afectado" por el decreto de creación de "Compartir" y, por ende, dejó de ser un derecho o bien de ese particular y pasó a ser propiedad de un programa público ) por más de millón y medio de pesos cuyo objeto era el otorgamiento de becas, tanto el secretario de Hacienda como la gobernadora pudieran haber incurrido en el delito de peculado que los haría acreedores a una multa de entre veinte y doscientos días, a una pena corporal de seis meses a diez años de prisión y a su destitución e inhabilitación por dos a diez años.
De la misma manera, al dejar de ser un derecho de la gobernadora el 50% de su salario por efecto del decreto de "Compartir", para el cómputo del lícito aumento de su patrimonio únicamente podrá considerarse el 50% restante de su salario multiplicado por los meses en que los perciba, de tal suerte que el otro 50% que por error, omisión, negligencia o dolo le hubiera sido depositado y que no hubiera sido resarcido por ella a la Secretaría de Hacienda, acredita presuntamente la comisión del delito de enriquecimiento ilícito por parte de la titular del Ejecutivo estatal, por el cual se haría acreedora a prisión de tres meses a seis años, a una multa de veinte a doscientos días y a su destitución e inhabilitación para desempeñar cargos públicos de dos a diez años.
Dicen que la forma muchas veces es el fondo. Y en este caso así es. Según el director de Finanzas de la Secretaría de Educación estatal la gobernadora aporta directamente a "Compartir" el porcentaje comprometido de su sueldo. Suponiendo, sin conceder, que así fuera, ese no fue el procedimiento establecido en el decreto y, por tanto, el mismo se ha incumplido y se sigue incumpliendo con cada quincena que transcurre, mientras los ilícitos presuntamente cometidos se siguen por ello acumulando.
Esto, toda vez que ese supuesto acto personal de la gobernadora —por cierto no sujeto a transparencia pues es de su esfera privada y la ley de la materia únicamente se refiere a "información pública"— no exime el cumplimiento cabal de un decreto que, precisamente, convirtió ese "acto personal de generosidad" en una obligación permanente, pública, exigible y escudriñable a través de transparencia.
Cabe mencionar, por otro lado, que según nos revelaron diversas fuentes que prefirieron guardar el anonimato, las "aportaciones voluntarias" de los secretarios, subsecretarios, directores generales, directores, subdirectores y jefes de departamento del gobierno estatal, esas sí están fluyendo permanentemente al fondo de "Compartir": cada día quince un acomedido personaje pasa por ellas y "verifica" que se ajusten a los montos "sugeridos" en las reglas de operación del programa...
Para concluir, una cereza. De conformidad con el Artículo 10 del decreto por el que se crea el programa "Compartir", la Secretaría de la Contraloría General del Estado fue encargada —redundantemente pues ésas son, entre otras, sus funciones— de llevar la auditoría, control y seguimiento del programa. Sin embargo, a casi dos años y medio de su creación, dicha dependencia aparentemente aún no se había percatado del incumplimiento del decreto por parte de la Secretaría de Hacienda estatal y, si se había percatado, nada más fue un testigo mudo. JECM