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Celestún, Yucatán, a 4 de octubre de 2013.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) rescató un ejemplar de flamenco rosa (Phoenicopterus ruber), en el municipio de Celestún, Yucatán, el cual presentaba lesiones severas en sus alas, lo que le impedía moverse libremente.
Personal de la PROFEPA en la entidad logró estabilizar al animal, pero ante la gravedad de su lesión (fractura expuesta) se trasladó a la Unidad de Manejo para la Conservación de la vida silvestre (UMA) Parque Zoológico “El Centenario”, en la Ciudad de Mérida, para su valoración, curación y rehabilitación.
Las labores de rescate se llevaron a cabo en coordinación con personal de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP).
La población de flamenco rosa en el estado de Yucatán anida en los humedales de la costa Oriente (Las coloradas, Río Lagartos, El cuyo) y se alimenta en los humedales de la costa Poniente (Celestún).
Es una de las principales atracciones turísticas en aquellas comunidades donde se tiene presencia de esta especie, especialmente en las Reservas de la Biósfera Ría Celestún y Ría Lagartos.
El flamenco rosado (Phoenicopterus ruber) es una especie en estatus de amenazada por la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, la cual señala a todas las especies con alguna categoría de riesgo.
Por ello, la labor de rescate y reubicación de estos ejemplares, al presentar algún daño, resulta de gran valor para garantizar el mantenimiento de la población de flamencos rosados en un nivel sano y estable.
Cabe señalar que el Código Penal Federal señala, en su artículo 420, que se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de trecientos a tres mil días multa a quien dañe algún ejemplar de las especies de flora y fauna silvestre, terrestre o acuática considerada endémica, amenazada, en peligro de extinción, sujeta a protección especial, o regulada por algún tratado internacional del que México sea parte.
Además se aplicará una pena adicional de tres años más de prisión y hasta mil días multa adicionales, cuando las conductas descritas se realicen en o afecten un Área Natural Protegida, o cuando se realicen con fines comerciales.
Con respecto al ejemplar rescatado, en caso de lograrse su rehabilitación, se reincorporará a su hábitat; aunque si por su lesión no logra recuperarse plenamente se mantendrá en las instalaciones de la UMA Parque Zoológico “El Centenario” donde se cuenta con una población confinada.