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México, Distrito Federal, 3 de Octubre de 2013.- Con la definición de diversos conceptos como el maltrato y la sobreexplotación de los animales, la Cámara de Diputados aprobó reformas a ordenamientos federales en materia de equilibrio ecológico y vida silvestre.
Con estas modificaciones, corresponderá al gobierno federal expedir normas oficiales mexicanas que determinen los principios básicos de trato digno y respetuoso, que incluyan condiciones de cautiverio, exhibición, transporte, alimentación, explotación, manutención y sacrificio de los animales.
El coordinador de los diputados federales del PRI por Yucatán, Mauricio Sahuí Rivero, explicó que el proyecto de decreto se turnó al Ejecutivo Federal para su promulgación.
La reforma a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, así como a la Ley General de Vida Silvestre define conceptos como crueldad, que será entendido como un acto de brutalidad, sádico o zoofílico contra cualquier animal, ya sea por acción directa, omisión o negligencia.
El legislador dijo que el maltrato es definido como todo hecho, acto u omisión del ser humano, que puede ocasionar dolor, deterioro físico o sufrimiento, que afecte el bienestar, ponga en peligro la vida del animal, o afecte gravemente su salud o integridad física.
Se establece el concepto de trato digno y respetuoso, como las medidas que se establecen en esta Ley y su Reglamento, así como tratados internacionales, normas ambientales y normas oficiales mexicanas.
Lo anterior, abundó, para evitar dolor, deterioro físico o sufrimiento, durante su posesión o propiedad, crianza, captura, traslado, exhibición, cuarentena, comercialización, aprovechamiento, adiestramiento o sacrificio.
En la exposición de motivos del dictamen, se señala que no es ético lastimar a los animales silvestres por diversión, negligencia o ignorancia de quienes con sus acciones u omisiones provocan en muchas ocasiones un sufrimiento severo a los mismos.