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México (26 de abril).- La senadora Mónica Arriola, del partido Nueva Alianza, propuso reformar la Ley Federal del Trabajo para regular el ‘sexoservicio’ y así evitar que esta actividad se ejerza en un contexto de explotación o de violación a los derechos humanos.
La legisladora planteó que el ejercicio de esta actividad debe realizarse de manera individual y nunca bajo la subordinación, administración o mando de una tercera persona. Sugirió también establecer en la citada ley la prohibición de que los menores de edad presten este servicio.
Arriola plantea reformar la Ley Federal del Trabajo para incluir en ella el capítulo XVIII, denominado “Servicio de Relaciones Sexuales”, en el que se fijen las reglas bajo las cuales la prostitución podría ser practicada.
RED POLÍTICA presenta una síntesis de los 10 artículos planteados al Senado.
-El servicio de relaciones sexuales consiste en el intercambio libre y consentido, entre personas mayores de edad, mediante una remuneración cierta y en dinero.
-Guardar consideración al sexo servidor, absteniéndose de todo mal trato de palabra o de obra.
-Acordar un espacio higiénico, suficiente y con las condiciones que aseguren la vida y la salud.
-Darse de alta ante la Dirección General de Registro de Sexo Servidores de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
-Utilizar medidas preventivas para evitar cualquier enfermedad o infección de transmisión sexual.
-Someterse “periódicamente” a un control epidemiológico de enfermedades transmisibles.
-Portar mientras realicen su trabajo “una constancia de no padecimientos de enfermedad sexual u otros padecimientos infecto contagiosos”.
-Será ilegal otorgar el servicio de relaciones sexuales a personas que padezcan alguna enfermedad transmisible u otra grave en periodo infectante.
Para la legalización de la prostitución la senadora Arriola propone que si el intercambio carece de la voluntad y libre consentimiento de la persona que presta el servicio, o se compromete empleando violencia, intimidación, engaño, o abusando de una situación de superioridad, de necesidad o vulnerabilidad del sexo servidor, se aplicarán las disposiciones penales correspondientes.- (RedPolítica)