807 palabras
MEXICO, D.F., 4 de diciembre.- El ex candidato presidencial del PAN, Diego Fernández de Cevallos, aseguró que las iniciativas de Reforma Energética del gobierno federal, del PAN y del PRD, deben corregirse y fortalecerse, para lo cual propone 11 puntos.
El Jefe Diego, como se le conoce al ex senador (2000-2006), indicó que la Reforma Energética que necesita el país no debe ser “entreguista”, ni “patriotera”, y destacó la construcción de una programa piloto en sólo una zona del territorio.
1. El gobierno debe asumir como propia y exclusiva la deuda que por concepto de pensiones tiene Pemex por un monto aproximado de 400,000 millones de pesos. Se trata de una deuda histórica acumulada y acrecentada como consecuencia de las políticas a las que se ha sometido indebidamente a la institución.
2. Pemex y la CFE deberán tener libertad en la contratación de personal calificado para evitar la fuga de talentos que se dará por la entrada de empresas competidoras.
3. Deberá haber transparencia total en la asignación de contratos a Pemex, a la CFE y a los particulares.
4. Deberá establecerse la verdadera autonomía administrativa, de gestión, financiera y presupuestal de Pemex, sin dejar al arbitrio anual de la Secretaría de Hacienda y de la Cámara de Diputados las asignaciones que se han venido estableciendo en el Presupuesto, así como suprimir en favor de la empresa el aberrante cobro anticipado de impuestos no causados.
5. Deberá determinarse con toda exactitud el régimen fiscal de Pemex sobre la base que todo ingreso adicional del Estado por la llegada de capitales privados en el ámbito energético deberá implicar su equivalente, o una proporción considerable, para la reducción inmediata de la carga fiscal de Pemex hasta igualarla con la de sus competidores. Lo mismo deberá hacerse, en lo conducente, con la CFE.
6. Analizar la conveniencia y la posibilidad de incorporar, con las adecuaciones que resulten procedentes, la cláusula Calvo en la contratación del gobierno con extranjeros. (La Cláusula Calvo obliga a una empresa extranjera a someterse a la legislación local, a los acuerdos contractuales locales y hace renunciar a la compañía foránea a solicitar protección diplomática de su país).
7. Simultáneamente a la discusión de las posibles reformas constitucionales deberán discutirse y concretarse los textos precisos de las legislaciones secundarias para Pemex y la CFE, así como los modelos de contratos con los particulares.
8. Deberá especificarse que el petróleo y el gas, antes y después de ser extraídos del subsuelo, serán propiedad exclusiva del Estado mexicano y solamente una vez que se hallen en la superficie el propio Estado dispondrá de ellos, conforme a la Constitución, a la ley reglamentaria y a los contratos celebrados, como mejor considere en beneficio del país.
9. Deberá especificarse en la reforma constitucional que Pemex y la CFE son y seguirán siendo propiedad exclusiva de la nación y que el Estado y las leyes protegerán su fortaleza, modernización y competitividad.
10. Analizar la posibilidad de que conforme al párrafo quinto del actual artículo 28 constitucional, o en los términos que lo establezca la reforma, el Estado mexicano, a través de Pemex y de la CFE o por medio de otros organismos o empresas del Estado, pueda constituir sociedades anónimas promotoras de inversión en las que se garantice al Estado su rectoría e ingresos por ventas, impuestos, derechos, productos, aprovechamientos, regalías, dividendos, etcétera, y a los inversionistas privados se garantice la dirección, administración y operación de las empresas en que participen en términos de ley, así como las contraprestaciones que contractualmente les corresponda por sus inversiones, desempeño y resultados.
11. Deberá analizarse la conveniencia de agregar un artículo transitorio a la reforma constitucional para establecer que el Estado mexicano, en una primera etapa claramente definida y a partir de la entrada en vigor de la reforma, solamente podrá celebrar con terceros los contratos de exploración y extracción de petróleo y sus derivados que permita la propia reforma y su ley reglamentaria en una zona o superficie del territorio nacional expresamente delimitada, a fin de que se comprometa solamente ese espacio como prueba piloto. (Agencias)