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Mérida, Yucatán, México, 18 de enero de 2023
El 15 de enero de 2023 entró en vigor en México la Ley General por el Control de Tabaco, o, como coloquialmente se le ha llamado, la Ley Antitabaco. Misma que tiene el objetivo de regular la venta y consumo de este producto en el país, con el fin de proteger la salud de la población, y ampliar los lugares libres de tabaco.
De esta manera, luego de que la Ley Antitabaco se publicará en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el lunes 16 de enero, México se convirtió en el quinto país del continente en prohibir la exhibición de productos de tabaco. Además, los sitios en los que estará permitido fumar se reducirán considerablemente, pues con esta reforma se ampliaron los espacios libres de tabaco.
Las nuevas restricciones legales prohíben a los mexicanos fumar en los siguientes espacios:
La institución encargada de vigilar el cumplimiento de esta norma será la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris). Este organismo también estará encargado de atender las denuncias de la población.
Como parte de las medidas de la Ley Antitabaco, el gobierno también prohibió la exhibición directa e indirecta de cigarrillos. Por lo que de ahora en adelante no se podrán mostrar las cajas de cigarros en ningún tipo de aparador, ni tampoco imágenes alusivas a estos productos.
Además, no se podrá promocionar el tabaco por la televisión, la radio o las redes sociales. Ni tampoco en mensajes enviados por correo, productos utilitarios, bienes muebles o en videojuegos, juguetes, golosinas o alimentos que hagan referencia a los cigarrillos.
Esta decisión tiene como propósito evitar más de 49 mil muertes prematuras y 292 mil nuevos casos de enfermedades asociadas al tabaquismo.
Hasta el momento las sanciones previstas para los establecimientos que exhiban cigarrillos o permitan a los usuarios fumar en zonas prohibidas, incumpliendo la Ley Antitabaco, son las siguientes:
En lo que respecta a la Ciudad de México, la Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores establece que se sancionará con una multa equivalente de diez a treinta veces la UMA a las personas que fumen en espacios libres de humo. Mientras que los responsables del transporte público recibirán una multa equivalente de treinta a cien veces la UMA.