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MEXICO, D.F., 31 de enero.- El Ejecutivo Federal promulgará este viernes la Reforma Político-Electoral con la que prevé la creación del INE, la reelección de legisladores, la posibilidad de un gobierno de coalición, la trasformación de la PGR en la Fiscalía General de la República y la autonomía constitucional del Coneval.
El Senado de la República detalló que con el decreto, el Instituto Nacional Electoral (INE) sustituirá al Instituto Federal electoral (IFE) como autoridad en la materia.
En un comunicado, explicó que el INE contará en su estructura con órganos de dirección, ejecutivos, técnicos y de vigilancia, así como un Consejo General conformado por un presidente y 10 consejeros electorales que durarán en su cargo nueve años, serán electos por las dos terceras partes de los diputados y no podrán ser reelectos.
Precisó que la organización de los comicios es una función estatal que se realizará mediante el Instituto Nacional Electoral y de los organismos públicos locales, en los términos que establece la Constitución.
De igual manera, el nuevo organismo asumirá, mediante convenio con las autoridades competentes de las entidades federativas que lo soliciten, la organización de procesos electorales locales, en los términos que disponga la legislación aplicable.
Del mismo modo y a petición de los partidos políticos y con cargo a sus prerrogativas, en los términos que establece la ley, podrá organizar la elección de sus dirigentes.
La Reforma también aumenta el umbral para mantener el registro de partidos políticos, pues aquel que no obtenga tres por ciento del total de la votación válida emitida en cualquiera de las elecciones para la renovación del Poder Ejecutivo, de las Cámaras del Congreso de la Unión o del Poder Legislativo local, perderá su registro.
Recordó que de acuerdo con la Reforma, aprobada el 13 de diciembre pasado, los partidos políticos tendrán que garantizar la paridad entre los géneros en candidaturas a legisladores federales y locales.
El decreto también establece un sistema de nulidades de elecciones federales o locales por violaciones graves, dolosas y determinantes, cuando se exceda en el gasto de campaña en cinco por ciento del monto total autorizado, entre otros.
En materia política, prevé la posibilidad del Presidente de la República para establecer un gobierno de coalición con uno o varios de los partidos representados en el Congreso, la reelección de senadores, diputados federales y locales, así como de autoridades municipales.
De esta manera, los senadores podrán ser electos hasta por dos periodos consecutivos y los diputados al Congreso de la Unión hasta por cuatro.
Dicha postulación, precisó, sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los hubiera postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato.
En los artículos transitorios, se establece que la reelección será aplicable a los diputados y senadores que sean electos a partir del proceso electoral de 2018 y para diputados locales y de la ALDF dispone que esta figura no se aplique a los legisladores que hayan protestado el cargo en la legislatura que se encuentre en funciones a su entrada en vigor.
El Congreso de la Unión planteó que las constituciones de los Estados tienen que establecer la elección consecutiva para el mismo cargo de presidentes municipales, regidores y síndicos, por un periodo adicional y siempre y cuando el periodo de mandato de los ayuntamientos no sea superior a tres años.
Además, dotó de autonomía constitucional al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social y del Ministerio Público de la Federación, por lo que se prevé que la Procuraduría General de la República se transforme en la Fiscalía General de la República.
El fiscal general podrá ser removido por el Ejecutivo federal por las causas graves que establezca la ley y dicha remoción podrá ser objetada por la mayoría de los miembros presentes en la Cámara de Senadores dentro en un plazo de 10 días hábiles.
Por otra parte, se adelanta la toma de posesión del titular del Ejecutivo federal al 1 de octubre, en ese sentido, se estipula que el periodo que comprende del 2018 al 2024 inicie el 1 de diciembre del 2018 y concluya el 30 de septiembre del 2024, para que el siguiente titular empiece su encargo el 1 de octubre de dicho año.
Asimismo, el Congreso deberá expedir las leyes generales que regulen a los partidos políticos nacionales y locales, los procedimientos electorales, los delitos electorales y propaganda gubernamental. (Notimex-El Universal)