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MÉXICO, D.F., 29 de diciembre.- La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI) publicó hoy lunes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se establecen las remuneraciones diarias que los trabajadores deberán percibir a partir del 1 de enero del 2015.
Un albañil en la construcción de un edificio en el Centro Histórico del D.F. (Alejandro Saldívar)
El organismo determinó la cantidad de 70.10 pesos al día como salario mínimo para el área geográfica “A”, que incluye el Distrito Federal; Acapulco, Guerrero; Guadalajara, Jalisco; Naucalpan, Estado de México; Monterrey, Nuevo León; Tampico, Tamaulipas, y Tuxpan, Veracruz, entre otras ciudades.
En el área geográfica “B” estableció en 66.45 pesos el salario mínimo diario. En dicha área se encuentran estados como Aguascalientes, Campeche, Coahuila, Colima, Durango, Guanajuato, Oaxaca, Puebla, Tabasco, Yucatán y Zacatecas.
El documento también describe las actividades, profesiones, oficios y trabajos especiales, así como los salarios mínimos profesionales para éstos, entre ellos albañilería, dependientes de mostrador, cantinero, carpintero, cocinero, chofer, tapicero y velador.
Señala, asimismo, que el Consejo de Representantes de la CONASAMI está comprometido para avanzar durante el 2015 en la unificación de las dos áreas geográficas en las que se determina el salario mínimo, siempre que las condiciones económicas lo permitan y sin que impacte en forma negativa a la economía ni genere presión inflacionaria. (APRO)