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México (15 de julio).- En México, alrededor de 2.2 millones de personas dedicadas al trabajo del hogar remunerado, el 91 por ciento son mujeres, sin embargo, 1.4 millones de trabajadoras (es), es decir, el 62.8 por ciento, no percibían ingresos suficientes para satisfacer sus necesidades básicas.
Un estudio del Instituto Belisario Domínguez (IBD) en el Senado de la República, advierte que se trata de un problema que va en aumento, por lo que el país necesita con urgencia mecanismos eficaces de supervisión para que los derechos de las trabajadoras(es) remunerados sean respetados. El IBD reporta que en la Ley Federal del Trabajo, en su capítulo dedicado a los trabajadores domésticos, no se precisa la obligación de los patrones de establecer un contrato escrito, lo cual vulnera los derechos sociales, laborales y de seguridad social de las personas que se dedican a dicha actividad.
Al respecto, se puntualiza que en la legislación vigente existen varios preceptos constitucionales de orden laboral que no son refrendados en la ley reglamentaria, lo que determina un marco ambiguo que propicia omisiones por parte de los patrones. Como ejemplo, señala que las personas trabajadoras domésticas, en prácticamente todos los casos, carecen de contrato y de acceso a la seguridad social.
Activistas y organizaciones civiles han denunciado que el ejecutivo federal no ha enviado al Senado de la República el convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para su ratificación, por lo las trabajadoras del hogar aún están al desamparo de una ley que vele por sus derechos.
Entre las regulaciones que se exigen en este acuerdo se encuentran: las horas de trabajo, el derecho a días de descanso, a trabajar en un espacio limpio y a recibir un trato digno y a conocer de manera detallada –preferentemente por escrito– los derechos y obligaciones que implica el trabajo que se va a realizar.
El convenio 189 de la OIT establece la obligatoriedad de los estados de respetar y reconocer sus derechos laborales, entro en vigor en 2013, fue signado por México en 2011 pero hasta la fecha no se ha ratificado por el gobierno federal y el Senado.
Entre los beneficios que no cuentan las personas trabajadoras del hogar que hay en México, está contar con un salario mínimo, seguridad social, pago de horas extra, días festivos e incapacidades por maternidad. Estas personas están sujetas a la relación “buena o mala”, que tengan con las personas que las contratan, algunas pueden ser flexibles pero otras pueden ser muy exigentes, incluso se han dado casos que podrían ser considerados un tipo de esclavismo.
México tiene una deuda pendiente con las personas que realizan esta actividad, pues si bien, en algunos hogares se les ha llegado a considerar parte de la familia, no se les ha correspondido con el respeto que merecen y, mucho menos, se ha cumplido con el deber (moral, ético y legal) de cumplir con las contraprestaciones que conlleva una relación laboral.
Sin importar la actividad que se realice, mientras exista un compromiso entre dos partes que implique una relación empleador-empleado debería existir una obligación del empleador de proveer un salario digno y, al menos, seguridad social y vacaciones. Las personas que laboran en el hogar deben ser reconocidas como cualquier otro trabajador que contribuye a la actividad económica del país.- (Agencias)