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Nueva York, Estados Unidos, abril 12 de 2017
La juez federal Carol Bagley Amon aplazó para el 5 de junio la próxima audiencia del caso contra el exprocurador general del estado de Nayarit, Édgar Veytia, acusado de conspirar para distribuir drogas en Estados Unidos.
La nueva fecha de la audiencia está contenida en una moción ingresada el lunes al expediente público del caso en la Corte del Distrito Este de Nueva York, en el condado de Brooklyn. La audiencia había sido fijada de manera preliminar para hoy miércoles 12 de abril.
La audiencia sigue a la declaración de inocencia de Veytia, presentado el pasado sábado 8 de abril ante la corte de Nueva York tras ser arrestado a finales del mes de marzo en la ciudad de San Diego.
Gretchen Von Helms, abogada de Veytia, dijo entonces que buscarían aplazar la primera audiencia a fin de estudiar el expediente del caso, al que no había tenido acceso.
Veytia es acusado de tres cargos por conspirar para importar y distribuir en Estados Unidos cocaína, heroína, metanfetamina y mariguana entre enero de 2013 y febrero pasado.
Este diario publicó ayer que Édgar Veytia formó un imperio de camiones, taxis y líneas de autobuses en Nayarit, Baja California, Guadalajara, Sinaloa, Sonora, Ciudad de México, así como en algunas ciudades de Estados Unidos.
El exfiscal de Nayarit en menos de una década dejó de ser vendedor de herramienta usada, para convertirse en uno de los principales dueños del transporte público en México.
A partir de una concesión que le fue regalada a Olimpia, esposa de Veytia, para operar tres camiones en la empresa Transportes del Pacífico, sección Compostela-Tepic, el exfiscal comenzó su trayectoria en el transporte público, la cual incluye detenciones de personas a bordo de los autobuses de las compañías que dirige, por el aseguramiento de droga.
Excélsior también publicó que a Édgar Veytia no le bastó con tener el control de la procuración de justicia de la entidad, ya que el 9 de septiembre de 2015 se reformaron los artículos 2, 33, 53 y 120 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública para que los cuerpos de seguridad pública estatal quedaran a cargo del fiscal.
El artículo 3 fue reformado para que la función de Seguridad Pública, estatal y municipal, de las instancias de aplicar infracciones administrativas, prisión preventiva y ejecución de penas, así como de las autoridades de justicia para adolescentes sean llevadas a cabo a través del fiscal.
Otras de las modificaciones fue hecha al artículo 2, el cual establece que, la Fiscalía y la Secretaría de Seguridad Pública, serán las encargadas de realizar programas institucionales para preservar la tranquilidad y la paz social a través de la prevención y combate al delito.