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México (23 de noviembre).-
Es ilegal la negativa de los directores de escuelas privadas y públicas de educación básica para inscribir a niños que lo soliciten y cumplan los requisitos fijados por la propia institución, estableció por primera vez un tribunal federal.
El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en Puebla amparó a dos niños contra la negativa del director del Colegio Americano de esa ciudad para inscribirlos al segundo grado de preescolar, por “tensiones” con sus padres en el curso anterior.
El amparo, que sólo aplica para este caso pero puede ser utilizado como precedente para reforzar demandas similares, no exime a los padres de pagar inscripción, colegiaturas y demás requisitos que fija la escuela.
En la sentencia, de octubre pasado, el tribunal resolvió que la Constitución, la Ley General de Educación y las normas de la SEP sobre inscripción garantizan el derecho de los menores a ser “inscritos de inmediato” en el momento que lo solicitan.
“El director de la institución educativa pública o particular con autorización deberá inscribir de forma inmediata en el momento en el que reciba la solicitud a los aspirantes a educación preescolar, primaria o secundaria, en el periodo establecido, y en su caso solicitará al área de control escolar que proporcione el apoyo que se requiera.
“Entonces, por sí misma es ilegal la decisión del director de una escuela pública o particular de educación básica que niega la inscripción de un niño en la institución que dirige”, afirmaron los magistrados Diógenes Cruz, Jorge Higuera y Salvador Lobato.