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México (9 de diciembre).-
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó un amparo a una persona que alegaba haber sufrido daño moral derivado de su aparición en el documental “Presunto Culpable”.
El alto tribunal resolvió contra el quejoso, al considerar que la información que fue incluida en el filme estaba directamente relacionada con el interés público.
En términos del Artículo 20 Constitucional, el proceso penal debe estar orientado a materializar bienes constitucionales esenciales como son el derecho a la verdad (esclarecimiento de los hechos) y la presunción de inocencia “lato sensu” (proteger al inocente).
Además, el combate a la impunidad es decir, que el culpable no quede impune, y la reparación del daño ocasionado por la comisión del delito.