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La Paz (21 de agosto).- La madrugada del 31 de julio, Erick Fernando Monroy Sánchez, hijo del Alcalde de La Paz, Baja California, Francisco Javier Monroy Sánchez, chocó y mató a un músico en la colonia Pueblo Nuevo en esa ciudad. 25 minutos después del accidente, el cadáver de la víctima ya había sido levantado, y el hijo del Edil ya tenía un certificado médico elaborado en el que se indicó que conducía en “estado normal”.
En menos de 24 horas fue liberado por el Agente del Ministerio Público.
Finalmente, el fallecido fue declarado oficialmente el responsable del percance automovilístico. Por ello, Claudia Gutiérrez Flores, esposa de Jorge Alberto Tejero Villa, la víctima mortal del accidente, y sus familiares más cercanos, calificaron de “inverosímil” la versión oficial.
En la muerte del músico, ocurrido durante un accidente automovilístico, donde aparece involucrado Erick Monroy, según datos recabados del peritaje, averiguación previa y opiniones de expertos en la materia, sobresalen las siguientes irregularidades:
1 – El ocultamiento de la información sobre el percance y el sospechoso sigilo tanto del presunto responsable como de su padre, Francisco Javier Monroy Sánchez, respecto a los hechos.
2.- La premura con que fue agilizado el proceso. A las 12:50 am se reportó el choque, 10 minutos después, es decir, a la una de la mañana, arribó el perito y, 25 minutos después, 1:25 am, ya habían levantado a la víctima, las unidades involucradas y hasta elaborado el certificado médico del hijo del alcalde paceño, indicando que conducía en “estado normal”.
3.- El croquis ilustrativo no coincide con el parte del accidente, respecto a la dinámica de colisión entre la motocicleta del fallecido y la camioneta del vástago del político.
4.- El dictamen sobre la presunta velocidad con que conducía el joven de 24 años, y una dudosa voltereta después del impacto con la motocicleta, haciendo suponer que la moto iba tan veloz que sacó a la camioneta de su carril de rodamiento y la giró 180 grados, pero quedó sobre el mismo carril, en sentido contrario.
5.- La liberación en menos de 24 horas de Monroy, violentando así la Ley Orgánica del Ministerio Público, ya que el Agente del Ministerio Público del Fuero Común, por mandato, debió haber dejado detenido al hijo del alcalde hasta el término de la investigación y definir entonces su situación jurídica.
6.- El agente del Ministerio Público del Fuero Común de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) y representante de la sociedad, no investigó ni agotó todas las diligencias necesarias para recabar pruebas, testimonios y acreditar el cuerpo del delito, después de tener conocimiento de la muerte del músico, tal y como lo señala el Artículo 6 Fracción B y C de la Ley Orgánica del Ministerio Público, resolviendo solo por lo que visualmente observó la madrugada de la colisión en la escena del crimen y el peritaje elaborado por la Dirección de Seguridad Pública, Policía Preventiva y Tránsito Municipal de La Paz.
7.- El hoy cuestionado resultado del examen médico y de alcoholimetría. El Agente del Ministerio Público no contrastó el certificado médico con versiones de testigos y omitió integrar en el expediente, de dónde venían la víctima y el hijo del alcalde a esas horas de la madrugada, lo que lo obligaba a citar a declarar testigos y comparar las versiones con los resultados del examen.
8.- No fueron integradas a la averiguación previa las grabaciones de dos cámaras de seguridad de comercios que captaron -a una y dos cuadras del accidente- el trayecto de la camioneta del hijo del edil, las cuales pueden ser clave para determinar con mayor precisión la forma en que era conducida y la velocidad aproximada de la unidad automotriz, previo al impacto.- (Agencias)