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México (13 de octubre).- Investigadores de la UNAM y del Instituto Nacional de Salud Pública (INSP), la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo (STyFE) y activistas hicieron un llamado para reconocer y regular el trabajo sexual como una medida para distinguirlo de la trata de personas y a su vez atacar con mayor eficacia este delito.
“El criterio para diferenciar entre trata de personas y comercio sexual es el de la autonomía, la libertad y el albedrío de la persona que se dedica a esta actividad”, explicó Luis de la Barreda, investigador del Programa Universitario de Derechos Humanos de la UNAM durante el taller Distinguir Comercio Sexual y Trata.
Añadió que la trata de personas en modalidad de explotación sexual coarta esa voluntad, es “cuando hay una presión, por ejemplo si a la mujer le secuestran a los hijos o si es vigilada con tal de no escapar del punto donde debe ofrecer servicios sexuales, es un delito gravísimo”.
“La regulación va a ayudar a combatir la trata y a que las trabajadoras sexuales puedan reclamar sus derechos”, señaló De La Barreda pues de momento hay instrumentos como la Ley de Cultura Cívica del DF que deben cambiarse para evitar criminalizar el trabajo sexual.
Patricia Mercado, titular de la STyFE, recordó que por más de 20 años activistas de la Brigada Callejera de Apoyo a la Mujer Eloísa Martìnez buscaban por la vía de un juicio que las trabajadoras sexuales fueran reconocidas por el Gobierno del Distrito Federal como trabajadoras no asalariadas y así no fueran remitidas al Juez Cívico al ofrecer sus servicios en la calle.
Recordó que acató la sentencia del amparo 112/2013 promovido por los activistas y desde entonces se han entregado 100 credenciales de trabajadoras no asalariadas, aunque la acción provocó críticas y acusaciones infundadas de promover la trata de personas, por lo que consideró “imprescindible el debate público para tener información correcta”.
Elvira Madrid, de Brigada Callejera dijo que en los operativos se presentan como víctimas de trata a mujeres que trabajan por voluntad en el comercio sexual.
Sobre los pendientes de la sentencia, Jaime Montejo, de Brigada Callejera, señaló que diputados locales formulan una iniciativa para reformar la Ley de Cultura Cívica y que el trabajo sexual en la calle no sea considerado como infracción.
Tanto De la Barreda como la investigadora Marta Lamas señalaron que la definición de lenocinio en el Código Penal del DF debe ajustarse pues permite interpretaciones equivocadas sobre trata de personas, por ejemplo, “si un grupo de trabajadoras sexuales deciden poner un departamento donde ofrecer sus servicios y la que firme el contrato para rentar el apartamento puede ser acusada”.
El investigador del INSP, René Leyva agregó que se deben revisar los reglamentos de sanidad municipales para garantizar el acceso de trabajadoras sexuales a servicios de salud.
Finalmente, la fiscal central para la atención del delito de trata en la procuraduría capitalina, Juana Camila Bautista, informó que se han emitido 58 sentencias condenatorias por este delito, cifra que data desde la creación de esta fiscalía en la presente administración.- (Agencias)