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GUADALAJARA, Jalisco, 14 de agosto.- La salida de Rafael Caro Quintero del Reclusorio Preventivo Estatal, en Puente Grande, Jalisco, se resolvió en el mismo tribunal que durante 15 años le concedió amparos directos que lograron llevarlo de cárceles de alta seguridad a una de mediana seguridad, resoluciones que también allanaron el camino para su liberación con 28 de 40 años de condena cumplidos.
Menos de dos horas después de recibida la orden, Caro estaba en la calle, sin reflectores y con destino desconocido.
El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, con sede en Jalisco, resolvió amparos cruciales en el proceso judicial que se le siguió al narcotraficante sinaloense, como el de abril de 1997, cuando le otorgó uno directo para anular la condena de 40 años dictada en 1988 por el secuestro y homicidio del agente de la DEA, Enrique Camarena Salazar, y del piloto Alfredo Zavala Avelar, expediente que se llevaba en el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Penal de Jalisco con número 224/95.
Unos careos que no se desahogaron fueron motivo para que ordenara la reposición del procedimiento.
Ese amparo causó un gran revuelo y hubo rumores sobre la posible salida de prisión de Caro Quintero que obligaron a la PGR a emitir un comunicado para desmentir las especulaciones y señalar que la resolución no alteraba otras pruebas ofrecidas por la Fiscalía para condenar al capo.
El magistrado ponente fue José Montes Quintero, quien determinó otorgar el beneficio que obligó a rehacer el juicio a partir de los careos que la defensa solicitó.
En febrero del 2010 el mismo tribunal le concedió el amparo a Caro Quintero para trasladarlo del penal de máxima seguridad de Puente Grande al Reclusorio Preventivo Metropolitano, de mediana seguridad, también en Puente Grande.
Ahí, según la queja 27/2010 promovida por la defensa, las autoridades no ofrecieron como prueba un perfil criminológico de alta seguridad, lo que allanó el camino para el traslado.
Ello, a pesar que la entonces Secretaría de Seguridad Pública de Jalisco (hoy Fiscalía General) buscó evitar el traslado del conocido delincuente a la cárcel estatal con recursos como la imposibilidad jurídica de cumplimiento a la ejecutoria, la promoción de incidentes y recursos de reclamación, todos los cuales fueron desechados tras un recurso de reclamación que resolvió a favor de Caro Quintero el mismo Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, como quedó asentado en el expediente 4/2010 de esa instancia judicial.
La más reciente resolución y que logró la liberación del famoso reo, fue emitida apenas el pasado 7 de agosto cuando ese mismo Tribunal resolvió otorgar otro amparo directo asentado en el expediente 180/2011.
Ahora se anunció que el argumento residía en que los tribunales federales carecían de competencia para conocer del crimen de Enrique Camarena, por corresponder al fuero común y tener por cumplidas las penas impuestas por la siembra, cultivo y tráfico de enervantes.
El 9 de agosto, cuando ya Caro estaba fuera de la cárcel, la Fiscalía General del Estado (FGE) informó que la resolución del tribunal le fue comunicada a las 23:53 horas de un día antes y fue recibida por la dirección del Reclusorio Preventivo Estatal, el cual ordenó “que se deje en inmediata libertad al señor Rafael Caro Quintero y se informe en un lapso no mayor de 24 horas del cumplimiento de la orden”.
Menos de dos horas después de recibida la orden, Caro estaba en la calle, sin reflectores y con destino desconocido. La FGE dijo que las autoridades administrativas del reclusorio revisaron sin haber encontrado constancia o solicitud alguna de petición de extradición en contra del amparado.
“La Fiscalía de Reinserción Social, a través de su Dirección Jurídica, se comunicó a la delegación de la Procuraduría General de la República y de la Fiscalía Central a efecto de que se informara si existía algún mandamiento judicial u orden de aprehensión pendiente de cumplimentar en contra de Rafael Caro Quintero. Las respuesta de ambas instancias fue en el sentido de que no existe orden de aprehensión u otra causa pendiente, por lo que procedió a cumplir la resolución de ponerlo en libertad a las 01:30 horas del día de hoy", informó la FGE.
Los magistrados que integran el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito y que absolvieron a Caro Quintero para que pudiera salir de la cárcel son la oaxaqueña Rosalía Isabel Moreno Ruiz, magistrada de circuito desde 1993; José Félix Dávalos Dávalos, tapatío que es magistrado de circuito desde 1997, y el veracruzano Lucio Lira Martínez, magistrado de circuito desde 1980. (Agencias)