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NAUCALPAN, Estado de México, 13 de mayo.- Gumercindo Batairano fue uno de los primeros niños del Estado de México que pudo cambiar su nombre, luego de sufrir burlas y cuestionamientos por llevar un apelativo un poco diferente.
Las autoridades del Estado de México iniciaron un programa para que todos los menores de edad que quieran cambiar su nombre porque sufren bullying, puedan hacerlo de forma fácil y prácticamente gratuita.
El proyecto plantea que los pequeños mexiquenses que tengan un nombre por el que reciban burlas, bullying y/o mofas y “que con el paso del tiempo podrían generar traumas, exclusiones o retraimiento en los menores; es decir, que afectan la personalidad natural del individuo”, tengan todas las facilidades para poder cambiarlo, informó Luz María Zarza, consejera jurídica del Gobierno del Estado de México.
Gumer es el apodo más ligero con el que las personas se referían al niño, pues entre Gumercindo y Batairano, no podía elegir; sus dos nombres despertaban las burlas de otros niños y aún, entre algunos adultos.
En 10 días, 11 niños han cambiado su nombre en el Estado de México: Caín decidió eliminar este nombre; Jhan Pool lo corrigió por Jean Paul; Solemne decidió que su nombre sería el de Ivonne; Mari Jo se decantó por María José, Chistopher por Christopher y Gumersindo Batairano por Ángel Alfredo.
Popeye es otro niño que espera poder cambiar su nombre en un trámite que, aseguran las autoridades mexiquenses, no llevará más de 30 días y por el que sólo pagará 60 pesos por la nueva copia certificada; este beneficio también lo esperan Neón, Turbo, Tzi Tzi, Virgencita, Éxodo y Génesis.
El 25 de abril, el Ejecutivo estatal publicó en la Gaceta de Gobierno del Estado de México, la adición al artículo 3.38 del Código Civil para la Modificación del Sustantivo Propio por la afectación a su dignidad humana como consecuencia de la exposición al ridículo, podrá solicitarse ante el o la Oficial del Registro Civil donde está asentada el acta de nacimiento, dijo Luz María Zarza.
Este cambio lo puede solicitar la persona interesada, en caso de ser mayor de edad, de no ser así, el requerimiento lo pueden hacer los padres, el padre, la madre o quien ejerza la patria potestad del menor de 12 años de edad o del incapaz.
Además, los niños mayores de 12 años pueden pedir e iniciar el trámite “con el consentimiento de sus padres, de su padre, de su madre, de su representante legal, o en su caso, de la persona o institución que lo tuviere a su cargo”, señala la reforma al Código.
En caso de que la registrada o el registrado tenga dos o más nombres en el sustantivo propio, sólo surtirá efecto con el nombre expuesto al ridículo, señala el articulo adicionado al Código Civil. (El Universal)