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México (27 de junio).- Tras el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de declarar inconstitucional el Artículo 143 del Código Civil de Oaxaca, que establece que el matrimonio tiene por objeto perpetuar la especie, la ministra Olga Sánchez Cordero asegura que esa no es la única finalidad de la institución matrimonial.
“Pretender vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales de quienes puedan acceder a la institución matrimonial con la procreación es discriminatorio”, aseguró la ministro Sánchez Cordero.
Lo anterior, explicó, porque tal como está la ley se “excluye, injustificadamente, del acceso al matrimonio a las personas homosexuales que están situadas en condiciones similares al de las parejas heterosexuales”.
Reiteró que las preferencias sexuales no son un aspecto relevante, pues la finalidad del matrimonio “no es la procreación y tampoco tiene razón justificada que la unión matrimonial sea solamente heterosexual”.
Además de sostener que no hay una razón constitucionalmente válida para “no reconocer este matrimonio entre personas del mismo sexo”; así como tampoco se puede privar a las personas del mismo sexo de los beneficios –económicos y no económicos-, a los matrimonios homosexuales.
Ante el cuestionamiento de llevar la legalidad del matrimonio homosexual en todo el país, Sánchez Cordero explicó que la libertad a la igualdad y a la no discriminación limita la libertad configurativa de los legisladores.
Insistió que se respeta dicha libertad de los legisladores, sin embargo, los principios antes mencionados resultan fundamentales, por lo que la libertad configurativa debe estar limitada.
Asimismo, hizo hincapié en el respeto de la libertad de expresión, tanto por parte de legisladores como de los ciudadanos, haciendo referencia a la marcha del orgullo gay que tendrá lugar este fin de semana.
Finalmente, refirió que las medidas recientemente aprobadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, “son argumentos jurídicos contundentes”.- (Notimex)