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MÉRIDA, Yucatán, 22 de febrero.- ANA Compañía de Seguros S.A. de C.V. aumentó considerablemente la prima neta de su póliza de seguro vehicular contra daños a terceros sin dar aviso previo a sus clientes.
Para un Volkswagen Sedán 1994, la prima neta subió de $551.35, con fecha del 16 de enero de 2012, a $781.66 exactamente un año después. Esto representa un aumento de 70.5% en el transcurso de sólo un año para un vehículo que no estuvo involucrado en ningún accidente durante ese plazo.
La Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán y su Reglamento, aprobada unánimemente en febrero de 2011 por los diputados de la LIX Legislatura (2010-2012) del Congreso del Estado de Yucatán, obliga a los guiadores a adquirir una póliza de seguro contra daños a terceros.
Póliza 2012.
En caso de no entregar comprobante de dicha póliza al agente o perito que la pida tras un hecho o accidente de tránsito, el reglamento contempla una multa de 16 a 18 salarios mínimos (Artículo 196 Fracción 2).
Por transitar sin el holograma de seguro contra daños a terceros vigente (Artículo 104) o bien tenerlo en un lugar diverso al autorizado, la pena, en ambos casos, es de 1 a 5 salarios mínimos
El Artículo 111 Párrafo V obliga a todos los vehículos nuevos que se inscriban en el Registro Estatal de Control Vehicular a contar con una póliza vigente.
El artículo 405 indica que todo dueño, posesionario o conductor incidental de un vehículo tiene que asegurarse de que éste cuente con el holograma y la póliza vigente del seguro contra daños a terceros antes de utilizar las vías públicas del Estado.
Póliza 2013.
El Artículo 415 estipula que es necesario contar con póliza vigente para recuperar un vehículo que haya sido retenido por una infracción
El artículo 472 da a los agentes la facultad de inmovilizar a un vehículo cuando éste no cuente con la póliza.
Originalmente se otorgó un plazo de 180 días desde la publicación de la ley en el Diario Oficial del Gobierno del Estado para adquirir el seguro, pero la administración estatal pasada aprobó varias prórrogas y éste no fue obligatorio hasta principios del año 2012, resultando en enormes beneficios para las aseguradoras que cuentan ahora con decenas de miles de clientes cautivos.
Cabe mencionar que el trámite de exención de la tenencia correspondiente al año en curso no requiere que se presente comprobante de la póliza de seguro vehicular. Los requisitos se pueden ver (http://aafy.yucatan.gob.mx/aviso.php?id=8) en el portal del Gobierno del Estado.