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El Tribunal Superior de Justicia del Estado calificó de improcedente la causa de la excusa por la que el juez Jorge Andrés Vázquez Juan pretendía deslindarse del juicio que se le sigue a Wafé Kuri Torre —acusado de dar muerte a su esposa Rosa María Arceo Ochoa.
Como oportunamente publicó Artículo 7 en ediciones anteriores, el Lic. Vázquez Juan solicitó al TSJ se le permitiera renunciar al caso Wafé, después de que el periódico Por Esto!, en una nota, lo acusara de "corrupto por permitir que la defensa haga y deshaga lo que quiere en el proceso". Todo ello derivó de la rectificación que hizo el perito en histopatología de la Procuraduría del Estado de México, Mario Morales Suárez —representando a la Procuraduría del Estado de Yucatán— quien, en la junta de peritos, declaró que el disparo que recibió el Sr. Kuri Torre fue a mediana o larga distancia. Ello echa por tierra el fundamento principal en que la Procuraduría del Estado de Yucatán sustentó su acusación a Wafé Kuri Torre de haber dado muerte a su esposa.
La nota que dio origen a la solicitud del juez, fue firmada por el reportero Armando Gamboa Romero pero, en ella, era claramente notoria la intervención de su director, Mario Renato Menéndez Rodríguez.
La nota publicada por el Por Esto!, acusando al juez y a la Procuraduría del Estado de "corruptos al permitir que la defensa haga y deshaga a su antojo", se encuentra plagada de argumentos mentirosos, engañosos y fantasiosos.
En la edición 132 de fecha 12 de diciembre pasado, Artículo 7 hace un análisis de los argumentos y presuntas pruebas que el Por Esto utiliza para erigirse como juez y condenar a Kuri Torre.
Argumentos que, uno a uno, en un análisis serio realizado por Artículo 7, se fueron rebatiendo. Se demostró que el interés del Por Esto! es que se condene a una persona que no se ha prestado a los chantajes, amén de que se ha negado a pagar para que "se diga la verdad".
El juicio que se le sigue a Kuri Torre por la muerte de su esposa lleva un retraso en los tiempos que fija la Constitución Política de México y del Código de Procedimientos Penales del Estado de Yucatán. Esto lo hace constar el juez Vázquez Juan en el oficio que envió al TSJ cuando tuvo la intensión de separarse del caso.
Por ello, en su momento, el abogado Marco Cerón Ruiz declaró que la decisión del juez iba en perjuicio de su defendido ya que retrasaría aún más el proceso.
Cabe señalar que el juez suspendió la tercera junta de peritos que se llevaría a cabo el 15 de diciembre pasado.
Como se recordará, el juez fundamentó la solicitud de su separación del caso en la fracción VII del artículo 112 del código penal. Dicha fracción se refiere a "tener lazos de amistad con el procesado o su defensa, o de odio con alguna de las partes", cosa que no era el caso.
Por ello el TSJ consideró que no procedía la solicitud del juez y le ordena continuar y dar celeridad al caso.
El acuerdo fue realizado y firmado por los magistrados que integran la Primera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado, abogada Ligia Cortés Ortega, el abogado Ricardo Ávila Heredia y por el maestro en derecho y nuevo presidente del tribunal Marcos Celis Quintal.
Marco Celis Quintal, presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán
Resolución del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán en el que se le notifica al juez Jorge Andrés Vázquez Juan que no procede su solicitud de dejar el caso Wafé.