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Mérida, Yucatán, 9 de febrero de 2011.- A fin de mejorar la atención y agilizar el trámite administrativo de sus pacientes, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) está impulsando un programa denominado TITAN (Transformación integral de trámites de atención al derechohabiente y normatividad) que incluye el registro de beneficiarios y cambio de clínica.
El registro de beneficiarios está enfocado a garantizar los servicios médicos para todos los miembros de la familia derechohabiente, y puede ser realizado por todos los asegurados y pensionados.
El licenciado Geovani Medina Roca, titular de la subdelegación Mérida Norte, informó que para llevar a cabo este registro es necesario presentar la credencial ADIMSS o identificación oficial, así como un documento que contenga el número de Seguridad Social y la CURP. Estos requisitos deberán acompañarse de un comprobante de domicilio.
Para registrar al cónyuge o esposa, es necesario que presente su identificación oficial, así como el acta de matrimonio. En el caso de los hijos, pueden hacerlo con alguno de estos documentos: copia certificada del acta de nacimiento; de reconocimiento; del acta de adopción o certificado de nacimiento, en caso de recién nacidos.
Los padres de los derechohabientes también pueden ser registrados para asegurar la atención médica del IMSS. Para tramitar su registro deben presentar su identificación oficial, acompañada de una copia certificada de cualquiera de estos documentos: acta de nacimiento; acta de reconocimiento o acta de adopción del asegurado o pensionado. Al momento de registrarse deberán llenar los formatos SAV 003, SAV 003-1 y SAV 003-2. Para agilizar este trámite, es importante presentarse acompañados del asegurado o pensionado.
Con visión incluyente y enfocada al bienestar de las familias de asegurados y pensionados, el IMSS brinda seguridad social a las parejas en concubinato, con y sin hijos. Para poder solicitar el Registro de Beneficiarios, las parejas sin hijos deberán presentar sus identificaciones oficiales, junto con un comprobante de domicilio y llenar los formatos SAV 004, SAV 004-1 y SAV 004-2.
Las parejas con hijos, para el registro de la concubina, deberán presentar sus identificaciones oficiales, así como una copia certificada de las actas de nacimiento de los hijos, o del acta de reconocimiento de los hijos procreados por ambos. Deberá requisitar el formato SAV 004. Para el concubinario, los requisitos son los mismos que en el caso anterior, debiendo rellenar también los formatos SAV 004, SAV 004-1 Y SAV 004-2.
Todos los trámites de Registro de Beneficiarios se llevan a cabo en la Unidad Médica Familiar de adscripción, en el Área de Control de Prestaciones o en Servicios Técnicos, de lunes a viernes, de 8:00 a 14:00 horas, para las Unidades de un solo turno; y de 8:00 a 19:30 horas en las Unidades con dos turnos.
El trámite de cambio de clínica está enfocado a garantizar la atención médica cuando el núcleo familiar del derechohabiente o alguno de sus miembros ha cambiado de domicilio. Este trámite puede ser realizado por todos los asegurados y pensionados.
Cuando el cambio de domicilio es de todo el núcleo familiar, el cambio de clínica debe realizarse en el Área de Control de Prestaciones o Servicios Técnicos de la Unidad de origen o de destino. Los pensionados que soliciten su cambio de una clínica a otra deben realizar el trámite en la Subdelegación que controla su pensión. Para el cambio de domicilio de parte de la familia, el trámite deberá realizarse únicamente en el Área de Control de Prestaciones o Servicios Técnicos de la Unidad de Medicina Familiar de origen. Boletín de la delegación del IMSS en Yucatán.