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La tercera junta de peritos realizada en el juzgado séptimo penal por el caso en el que se acusa a Wafé Kuri Torre de dar muerte a su esposa Rosa María Arceo Ochoa, hizo que salgan a la luz pública más irregularidades e ilegalidades cometidas por los peritos de la Procuraduría del Estado, con el único fin de que se condene, a como dé lugar, al propio Wafé Kuri.
Con lo anterior cada vez más se refuerza la versión que Kuri Torre denunció desde el primer minuto de estar consciente -después de que le salvaran la vida por la agresión que recibió con arma de fuego- y en la que acusa a un elemento de la Secretaría de Seguridad Pública -y a dos sujetos más- como los autores materiales de la ejecución de su esposa y el intento de ejecutarlo a él.
Lo trascendente de la junta fue que el perito de la defensa, Dr. Francisco Pérez Roldán, denunció ante el juez, Jorge Andrés Vázquez Juan, que la bala que presuntamente mató a Rosa María no era la misma que vio la primera vez -se la dieron para realizar su peritaje- que la que posteriormente le pusieron a la vista.
En relación a la distancia del disparo que motivó la lesión en el procesado, hubo discrepancia entre el peritaje de la defensa y los de la parte acusadora.
El perito en balística de la procuraduría, Isaac Urrutia Hernández, aseguró en su dictamen que el disparo fue de contacto; ello, basándose en una bibliografía del libro del doctor Di Maggio en donde dice que "en disparos de contacto, todos los elementos que se derivan del disparo son introducidos en el interior de la lesión" y por ello no se produjo quemadura o ahumamiento alrededor de la herida.
Pérez Roldan aseguró que el disparo fue a más de 70 centímetros de distancia ya que, en estudios que realizó utilizando equipo y tecnología de punta, no encontró elementos de la deflagración del disparo ni en el exterior ni en el interior de la herida. Ello significa que Kuri Torre no se autolesionó como afirma la procuraduría.
En un momento de la junta de peritos, la defensa le preguntó al perito Carlos Ruiz Cardín sobre los resultados de una diligencia que se realizó el 16 de enero de 2008. En aquella diligencia, realizada en instalaciones de la procuraduría, se hicieron ocho disparos de contacto a una pieza de cerdo con hueso. Los resultados fueron evidentes: en los ocho disparos de contacto realizados con el arma Beretta .25 con la que supuestamente se asesinó a la Sra. Rosa María Arceo, dejaron quemadura y ahumamiento. Hay fe ministerial sobre los resultados.
Se le pidió a Ruiz Cardín —quien estuvo presente en aquella diligencia— que dijera si en alguno de esos disparos no había quemadura, ahumamiento o ennegrecimiento. Después de que la fiscal —quien representa a la procuraduría como parte acusadora— Guillermina Pinzón Cardóz trató a toda costa de impedir que respondiera el perito, éste fue instruido por el juez a que contestara la pregunta. Ruiz Cardín dijo: observé dos fotografías que no presentaban ahumamiento ni quemaduras en las placas fotográficas. Cuando la defensa le pidió que las señalara, ya que estaban en el expediente, Ruiz Cardín gritó como un loco que el licenciado Marco Cerón Ruiz -abogado de la defensa- lo estaba amenazando. El perito dijo: "el abogado de la defensa está profiriendo amenazas en mi contra, ya que me dijo que me va a denunciar y no se qué otra cosa. Además me están tirando cosas en mi domicilio, excremento y huesos, pero ignoro quién lo hizo".
Obviamente, la táctica del perito de la procuraduría era la desviar la atención y no señalar las fotografías que él decía no presentar quemaduras.
La realidad es que todos los disparos de contacto presentaron quemadura.
Durante la diligencia, Ruiz Cardín negó haber estado en la escena del crimen el día de los hechos, a pesar de que hay fotografías que el perito fotógrafo de la procuraduría tomó y en donde se ve claramente la presencia del él.
Lo anterior motivó que Wafé Kuri, mediante un escrito, interpusiera un queja ante el juez. En el escrito se expone que Ruiz Cardín delante del juez mismo y varios testigos, manifestó en la junta de peritos en balística forense que él no había estado en el lugar de los hechos, situación contraria a la verdad, por cuanto existe la evidencia fotográfica, según la cual el mencionado perito estuvo en la habitación del suscrito, sin soslayar, para evitar la alteración de los indicios. Sin embargo, se aprecia en la fotografía que el perito Ruiz Cardín y otros más no tienen la protección debida —como son tapabocas, gorro para evitar la caída de cabellos, cubrezapatos, batas y demás implementos.
En el escrito Wafé Kuri solicita al juez que, a fin de salvaguardar sus derechos como persona imputada, tome en cuenta que la cadena de custodia y las medidas pertinentes para conservar el lugar de los hechos fue claramente contrariado por parte de la Procuraduría del Estado. En las fotografías que se anexan al escrito se puede observar cómo personas ajenas a la familia Kuri Torre y Arceo Ochoa estaban dentro de la habitación de los hechos, sin protección alguna para evitar la contaminación del lugar.
En el extremo derecho de la foto se aprecia la presencia de Carlos Ruiz Cardín en la escena del crimen y sin ninguna clase de protección.
Se observa la presencia de peritos dentro de la habitación sin guantes, cubrebocas, gorros y algún tipo de protección para no contaminar y preservar el lugar de los hechos.
Primera parte del Escrito en el que Wafé Kuri Torre expresa que no se preservó el lugar de los hechos y de la mentira de parte del perito Carlos Ruiz Cardín.
Segunda parte del Escrito en el que Wafé Kuri Torre expresa que no se preservó el lugar de los hechos y de la mentira de parte del perito Carlos Ruiz Cardín.
Parte final del Escrito en el que Wafé Kuri Torre expresa que no se preservó el lugar de los hechos y de la mentira de parte del perito Carlos Ruiz Cardín.