El vehículo Todos los vehículos deberán encontrarse en condiciones satisfactorias de
funcionamiento. La Secretaría de Seguridad Pública (SSP) podrá impedir la circulación sobre la vía pública a aquellos vehículos que no cuenten con uno o más de los dispositivos obligatorios.
Retrovisores * Dos retrovisores laterales y uno interior
Luces * Deberán contar con:
- faros delanteros que proyecten luz blanca y dos luces posteriores.
- luces de frenado.
- luces direccionales en el frente y parte posterior del vehículo.
- luces de estacionamiento.
- luces para iluminar las placas.
Cinturón de seguridad * El vehículo deberá contar con cinturones de seguridad para el conductor y los pasajeros
Claxon * Deberá estar provisto de una bocina que emita sonido audible a 60 metros.
Silenciador * Deberá estar provisto de un silenciador de escape y evitar ruidos a más de 90 decibeles.
Llantas * Deberá contar con:
- llantas de tipo neumático que garanticen la seguridad del conductor y
pasajeros.
- llanta de refacción en óptimas condiciones e inflada.
Herramientas * Deberá contar con herramientas para realizar el cambio de llantas y
reparaciones menores.
Señalización * Deberá contar con al menos 3 equipos de señalización de emergencia y
seguridad, para uso diurno y nocturno.
- Diurno: Conos y/o reflectantes triangulares
- Nocturno: Linternas eléctricas que emitan luz roja, burbujas de luz ámbar,
reflectantes portátiles o mecheros.
Extintor de fuego * Deberá contar con extintor de fuego en condiciones de uso.
Silla porta-infante * Deberá contar con una silla porta-infante para transportar a pasajeros
menores a cinco años de edad y colocarse en el asiento posterior. Niños de cinco años o más que pesen menos de 10 kilos, deberán viajar en la silla, siempre mirando hacia atrás del vehículo.
Frenos * El vehículo deberá contar con frenos en buen estado que puedan ser fácilmente accionados por el conductor.
Polarizados * Podrán circular vehículos con polarizado en sus cristales que se ajusten a
las siguientes características:
- HP del grado 38 al 28, y NR del grado 38 al 28.
- Vehículos de otros estados con polarizados superiores a los establecidos,
podrán circular sólo con ventanillas abiertas.
Dispositivos prohibidos * Portaplacas que impida identificar la placa a 15 metros.
* Piezas sueltas del vehículo que puedan causar un accidente
* Bocinas y otros dispositivos de advertencia que emitan ruidos a más de 90 decibeles
* Mofles directos, rodos o válvulas de escape que produzcan ruido a más de 90 decibeles
* Pantallas, monitores de TV o reproductores que estén a la vista del
conductor; Se exceptuan las que sean necesarias para el conductor como para observar acceso o bajada de peatones, para observar cámara de maniobras traseras o dispositivos GPS.
Placas * Los propietarios con placas de circulación de otro estado o país tendrán
un término de 15 días naturales a partir de su ingreso al estado para
registrarlo si pretenden permanecer en él más de 60 días naturales.
Verificación * Todo vehículo deberá contar con holograma de verificación de contaminantes vigente, expedido por la Secretaría para poder circular en las vías públicas del estado.
Holograma de seguro contra daños a terceros * Todo vehículo deberá portar siempre el holograma expedido por la SSP que acredite que el vehículo cuenta con póliza vigente que ampare al menos la responsabilidad civil por daños causados a terceros.
Robo de vehículos * El propietario o posesionario de un vehículo, deberá reportar el robo de
éste inmediatamente y será considerado como responsable de las infracciones que se cometan, hasta el momento en que se haga el conocimiento del robo a la Secretaría.
Conductores: Los conductores deberán conducir a la defensiva, con diligencia y la precaución necesaria para evitar todo daño propio o ajeno, cuidando de no ponerse en peligro.
Obligaciones de los conductores:
* Conducir sujetando con ambas manos el control de la dirección del vehículo y mantener una posición adecuada.
* Entregar al Agente o Perito la copia de la Póliza de seguro, cuando
incurra en un hecho o accidente de tránsito.
* Iniciar la marcha con precaución y gradualmente.
* Realizar reducciones o aumentos de velocidad en forma gradual
* Bajar o abordar pasajeros a una distancia no mayor a 30 centímetros.
Prohibiciones: * Usar durante la conducción dispositivos de telefonía móvil y cualquier
otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la
comunicación tenga lugar a través de un dispositivo manos libres.
* Usar audífonos, con excepción de apquellos aparatos que cuenten con un solo auricular.
* Sujetar personas, animales, objetos o realizar cualquier acción que
distraiga su atención o impida la conducción del vehículo.
* Cambiar de carril dentro de pasos a desnivel.
* Transitar con aparatos estereofónicos encendidos rebasando los límites de decibeles establecidos en el reglamento. (90 decibeles)
* Empalmarse con otro vehículo o rebasarlo utilizando un mismo carril de
circulación o hacer uso de más de un carril a la vez.
Límites de Velocidad: * En carreteras estatales: Máxima de 80 km/h y mínima de 60 km/h
* Periférico de Mérida:
- Carril central: Máxima de 90 km/h y mínima de 70 km/h
- Carril izquierdo: Máxima de 90 km/h y mínima de 70 km/h
- Carril derecho: Máxima de 80 km/h y mínima de 60 km/h
* Avenidas divididas por camellón: Máxima de 60 km/h y 40 km/h mínima
* Calles: Máxima de 40 km/h y Mínima de 20 km/h
* Zonas escolares, de hospitales, templos y frente a centros de reunión: 20
km/h
Multas Algunas de las sanciones de amonestación o apercibimiento:
* Conducir un vehículo que no tenga los retrovisores completos, que carezca de:
- Faros completos
- Luces de frenado
- Cinturón de seguridad
- Llanta de refacción
Multa: Hasta $283.50
Algunas sanciones leves * Conducir un vehículo con piezas que puedan desprenderse y provocar un
accidente
* Conducir con artículos u objetos que obstaculicen la visibilidad del
conductor
* Tener un claxon o mofle ruidosos (más de 90 decibeles)
* No registrar un vehículo nuevo en el Registro Estatal de Control Vehicular
* Conducir sin sujetar el control de dirección (volante con ambas manos)
* Arrancar intempestivamente
* Tener el estéreo a todo volumen superando 90 decibeles
* Transportar un número de personas mayor al indicado en la tarjeta de
circulación
* Cambiar intempestivamente de carril
* No reducir la velocidad en curvas o puentes
* Frenar bruscamente
* Adelantar un vehículo sin anunciar
* Adelantar vehículos en pasos a desnivel
* Estacionarse en doble fila
* Usar luz alta en zonas iluminadas
* No conceder cambio de luces
Multa: Hasta $453.00
Algunas sanciones leves II * Transitar sin placas de circulación o permiso provisional, o con ellos
siempre que no sean vigentes.
* Conducir sin licencia
* Conducir con permiso vencido
* Estacionar en vía pública vehículos inservibles por más de 72 horas
* Instalar boyas o topes sin autorización
* Exhibir vehículos para su venta fuera de los espacios autorizados
Multa: Hasta $680.00
Algunas sanciones leves III * Negarse a dar la tarjeta de circulación o conducir sin ésta
* Conducir sin anteojos o lentes de contacto cuando la licencia lo indique
* Adelantar vehículos de emergencia en servicio de urgencia
* Estacionarse en una zona de peatomes o rampas especiales para personas con discapacidad
* Negarse a retirar el vehículo implicado en un hecho o accidente de
tránsito de la vía pública
Multa: Hasta $850.00
Algunas sanciones graves * No contar con silla porta-infante
* Circular sin placas o permiso provisional
* No ceder el paso en zonas escolares
* Conducir de manera imprudente
* Conducir con audífonos
* No usar el cinturón de seguridad
* Adelantar en intersección, túnel o paso a desnivel en vías de dos carriles
* No respetar la luz roja de un semáforo
Multa: Hasta $1,020.60
Algunas sanciones graves II * Circular con cristales polarizados
* Conducir con mecanismos o sistemas para eludir a la autoridad
* Usar durante la conducción dispositivos de telefonía móvil o sistema de
comunicación
* Sujetar personas o animales
* Arrojar colillas de cigarro o envases de cristal en vías públicas de
jurisdicción estatal
* Exceder los límites de velocidad o transitar a velocidad inferior a lo
establecido
* Circular por la derecha cuando se conduzca a velocidad inferior al límite
máximo permitido
* No ceder el paso a vehículos de emergencia
* Conducir con una tasa de alcohol en la sangre entre 0.60 y 0.079 ml.
* Conducir con permiso o licencia suspendida (Retención del vehículo)
Multa: Hasta $1,417.5
Algunas sanciones muy graves * No acceder a la aplicación de pruebas de drogras, alcohol u otros
(Retención de vehículo y arresto por 36 horas)
* Conducir vehículos presentando tasa del alcohol en sangre superior a
0.80mg/100ml de alcohol (Retención de vehículo y arresto por 36 horas)
* Superar 30 por ciento las velocidades máximas
* Conducir con permiso o licencia revocada (Retención del vehículo)
Multa: Hasta $5,675.00