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Mérida, Yucatán, 31 de enero de 2011.- La Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA), informa que el primero de febrero inicia el período de veda para la lisa (Mugil cephalus) y la liseta (Mugil curema) en las aguas de jurisdicción federal del Golfo de México, conforme al aviso publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de marzo de 1994.
Para estos importantes recursos marinos del Golfo de México aplican cada año dos períodos de veda: Uno, del primero al 31 de diciembre y; el otro, del primero al 28 de febrero, de cada año.
En ambos períodos se vedan las actividades de pesca en el litoral de Tamaulipas y la zona norte de Veracruz, esta última considerada desde el Río Tuxpan y Laguna de Tampamachoco hasta el Río Pánuco de esta entidad federativa.
La lisa y la lebrancha o liseta, ambas de la familia Mugilidae, se distribuyen en el Golfo de México desde Tamaulipas hasta Quintana Roo. La pesca de estas especies se realiza en áreas sobre la línea de costa, lagunas costeras y desembocaduras de ríos.
La unidad de pesca la constituyen embarcaciones menores de hasta 22 pies de eslora, provistas con motor fuera de borda, atarrayas, redes de enmalle o redes agalleras de longitud variable, con luz de malla mínima de 101 milímetros (cuatro pulgadas) para la lisa y 76 milímetros (tres pulgadas) para la liseta.
Tamaulipas aporta el 68% de la producción total de lisa, en tanto Veracruz contribuye con el 93% de la producción de liseta (Carta Nacional Pesquera 2010).
Con esta medida, se induce al aprovechamiento responsable de esas importantes especies, mismas que, al igual que otras de notable importancia económica, entre las que se encuentran los huachinangos, jureles, meros y bagres, conforman la pesquería de escama marina en el litoral del Golfo de México y el Mar Caribe. Boletín de CONAPESCA.