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En un acto que sólo pone en su lugar las cosas que jamás debieron haberse movido de donde estaban, un tribunal colegiado, compuesto por los jueces de nombres Clementina Flores Suárez, Rubén Pedrero y Enna Margarita Guerrero consideraron que la cinta debería continuar siendo exhibida, ya que el derecho de la sociedad a estar informado está por encima de otros derechos.
El veredicto de los magistrados —2 mujeres y 1 hombre, favorable a la apelación presentada por la Secretaría de Gobernación— se basa en considerar que el derecho a la información tiene 2 vertientes: 1) por un lado, el derecho a expresar lo que se informa y 2) por el otro, el derecho a recibir información.
Es interesante el hecho de que el veredicto dado por los magistrados se basa en el hecho de que interrumpir la proyección del mismo, resulta en un perjuicio colectivo o de interés social, contraviniendo el orden público.
En resumidas cuentas, impedir que el documental se exhiba violenta la ley fundamental de la nación —La Constitución— y, por lo tanto, éste debe continuar exhibiéndose.
La Secretaría de Gobernación había declarado que la lucha para que la cinta pudiera exhibirse "no se detendría" hasta lograr la revocación del mandato. Esto también fue declarado por la empresa comercial encargada de distrubir y exhibir el documental.
Cabe mencionar que no hubo una sola declaración de personaje alguno, del partido político que fuere, que no hablara en contra de la prohibición. Por su parte, el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Gobernación, en todo momento buscó la manera de evitar que la orden tuviera que ser acatada.
El desarrollo de los acontecimientos nos indican que, cuando un juez da una orden, ésta, por absurda que nos pueda parecer, debe ser acatada —cosa que no hizo López Obrador cuando se le acusó de desacato, como tampoco obedeción Cervera Pacheco en 2000. Acatar órdenes de los jueces no es algo opcional, sino totalmente obligatorio y no negociable. En ese sentido, el desafuero de López Obrador tuvo razón de ser, como debió haber sido también desdaforado Cervera Pacheco.
Ante una orden judicial absurda, sólo otra orden judicial de una instancia superior puede surtir el efecto de revocación, regresando las cosas al estado legal en que antes de la prohibición —ilegal y anti constitucional— se diera.