2132 palabras
Como era de esperarse, la justicia federal concedió un amparo para efectos a José Guadalupe Melquiades Tzab Pech por el delito de robo con violencia que le fuera imputado por Carlos Jesús Zumarraga Arceo, persona que, al día de hoy, no se ha presentado a ratificar su denuncia o a los careos a que ha sido solicitado.
Después de dos meses y cuatro días de su ilegal detención por elementos de la policía judicial del estado, el juzgado tercero de distrito, cuyo titular es la Lic. Julia Ramírez Alvarado, resolvió otorgarle el "amparo para efectos", en contra del acto consistente en el auto de formal prisión, que la juez segunda de lo penal del Estado, Ileana Domínguez Zapata, dictó en contra de Tzab Pech.
Con esto se demuestra plenamente que el Brujo de Dzemul es víctima de la venganza por los sentimientos de rencor de una persona: Ivonne Ortega Pacheco.
—El rencor de la gobernadora hacia mi hermano José Guadalupe se debe a que el día de la elección para gobernadores en el año 2007, ella acudió a la casilla 111 —ubicada en la localidad de Dzemul— en la que le correspondía votar y al tratar de brincarse a los que estaban en la fila, mi hermano se opuso y le dijo a Ivonne Ortega: "tu aquí eres una ciudadana como cualquiera y tienes que hacer tu cola". Muchos de los que estaban en la fila apoyaron a mi hermano gritando: "¡Cola, cola, cola...! y ella tuvo que hacer la cola —comentó María Leticia Tzab Pech, hermana de José Guadalupe (El Brujo) en entrevista realizada por Artículo 7 y que fuera publicada en el ejemplar 103 del 23 de mayo de 2010.
María Leticia Tzab —actual síndico de Dzemul— acusó a la gobernadora de haber ordenado la detención de su hermano el día de la elecciones —el pasado 16 de mayo— cuando fuera a emitir su voto. "Ya lo habían preparado y fue un cuatro el que le pusieron", comentó con indignación en la entrevista. "Fue la venganza de la gobernadora por aquel incidente, tres años antes".
La justicia de la Unión ampara y protege a José Guadalupe Melquiades Tzab Pech en contra del acto consistente en el "auto de formal prisión, por considerarlo probable responsable en la comisión del delito de robo con violencia". Así resolvió la juez tercero de distrito, Julia Ramírez.
Acompañada de su hija, María Leticia, su nieto, Nicolás Bacab y el abogado defensor, Luis Cruz Peña, la Sra. María del Carmen Pech Gutiérrez, madre de José Guadalupe, alias "El Brujo", llegó al edificio del Poder Judicial de la Federación para ser informada sobre el amparo que le fue concedido a su hijo. Ella tenía la esperanza de que con ello su hijo pudiera ser liberado inmediatamente.
El abogado defensor, pacientemente y con detalle, explicó el sentido del amparo y comentó que con esta resolución la juez segundo de lo penal del estado está obligada a corregir el sentido de su sentencia en un plazo de 5 días. Ello podría derivar en absolver a José Guadalupe por falta de elementos.
La juez de distrito consideró básicamente 3 irregularidades para resolver otorgar el amparo: 1) El parte informativo de la judicial realizado por los agentes judiciales Jesús Abelardo Caamal Estrella y Hugo Ismael Ordoñez Marave resultó ser una confesión, cosa que es ilegal y contraria a las garantías individuales. 2) La prueba de Inspección Ministerial practicada en el palacio municipal de Dzemul, dando fe el Lic. Carlos Cohuó Salazar, se dice falsamente que el color del palacio es azul. 3) La juez segunda de lo penal en el estado no valoró las testimoniales de descargo, en particular la del comandante de la policía de Dzemul, Luis Alfredo Ku Aké y de cuatro personas más, que dicen que José Guadalupe se encontraba dentro del palacio municipal cuando agentes de la judicial del estado entraron a detenerlo.
A pesar de que José Guadalupe fue golpeado y torturado psicológicamente por los agentes judiciales para forzarlo a firmar una confesión del delito que se le imputa, él logró resistir y no firmó la declaración que falsamente se encuentra en el expediente.
La golpiza fue certificada por médicos forenses de la Procuraduría del Estado quienes constataron hiperemia en cara anterior y dorsal de muñeca izquierda, lo que quiere decir que estaba roja e hinchada. También certificaron golpes en la cara. Los médicos firmantes fueron: Irving Ciau López y Catalina Hernández Martínez.
La visitadora de la Comisión de Derechos Humanos del estado constató cómo los judiciales, delante de ella, amenazaban a José Guadalupe para que no los acusara de tortura, cosa que no lograron: con gran valor, él los denunció.
Sin embargo, la declaración falsa, con una firma que no corresponde a la de José Guadalupe, le ha sido de beneficio ya que, torpemente, los agentes la redactan como una confesión lo cual es violatorio de las garantías individuales. Los judiciales pueden entrevistar al indiciado pero no sacarle una confesión de algún delito, según el artículo 213 del Código Penal del Estado.
CODIGO DE PROCEDIMIENTOS EN MATERIA PENAL DEL ESTADO
Artículo 213.- No podrá consignarse a ninguna persona si existe como única prueba la confesión del indiciado aislada de otros elementos. La Policía Judicial podrá rendir
informes pero no obtener confesiones; si lo hace, éstas carecerán de todo valor
probatorio.
Las diligencias practicadas por Agentes de la Policía Judicial, tendrán valor de testimonios que deberán complementarse con otras diligencias de prueba que practique el Ministerio Público, para atenderse en el acto de la consignación, pero en ningún caso se podrán tomar como confesión lo asentado en aquéllas.
Otro elemento por el cual la juez de distrito otorgó el amparo es que la juez Ileana Domínguez no valoró las inconsistencias de la fe ministerial que falsamente realizó el Lic. Carlos Cohuó Salazar. Según la fe ministerial que "supuestamente" realizó Cohuó Salazar y que se encuentra en el expediente, él llegó al palacio municipal de Dzemul para realizar sus investigaciones y lo encontró cerrado, sin alguien que lo atendiera. En la fe ministerial asentó que llegó al palacio municipal de Dzemul de color azul y se retiró al constatar que no había nadie.
La realidad es que Cohuó Salazar no acudió nunca a Dzemul e inventó la fe ministerial. Ello fue demostrado por un oficio con fecha 19 de mayo, firmado por la entonces alcaldesa, Elsy Rivero, y por el Secretario del Municipio, en la que se afirma que el color del palacio es rojo terracota. El oficio es acompañado de fotografías.
Con lo anterior se llega a la conclusión de que el Lic. Carlos Cohuó Salazar cometió un delito grave, que debería sancionarse con la destitución de su cargo y muy probablemente con pena corporal.
Es pertinente mencionar que Cohuó Salazar fue el agente del ministerio público que realizó las investigaciones en el caso del homicidio de Rosa María Arceo Ochoa y en el que se han demostrado múltiples irregularides.
El tercer elemento por el que se otorgó el amparo, fue porque la juez segundo de lo penal no valoró los testimonios del comandante de la policía municipal de Dzemul, Luis Alfredo Ku Aké y de cuatro agentes más, quienes declararon que José Guadalupe se encontraba resguardado dentro del palacio municipal cuando agentes de la policía judicial del estado irrumpieron con lujo de violencia y lo arrestaron. Ello violó la autonomía municipal, delito que amerita la destitución inmediata de los agentes participantes.
"Conozco a José Guadalupe como su madre que soy y sé que lo acusan sin fundamento o razón", comentó la Sra. María del Carmen Pech Gutiérrez al preguntarle sobre la detención de su hijo.
—Él siempre ha hecho el bien —continuó la Sra. Pech Gutiérrez— y desde muy chico salió a trabajar para ayudarme. Cuando tenía nueve años se fue de la casa para ganar dinero y no supe de él durante 3 meses. Después me enteré que trabajaba en Mérida de cargador o llevando las compras de las señoras. Dormía en la Casa del Pueblo y cuando no tenía qué comer buscaba en los basureros comida en buen estado. Todo lo que ganaba lo juntaba para traérmelo.
—Cuando creció se enredó en el vicio del alcohol pero afortunadamente se dio cuenta de lo mal que le hacía y dejó de beber.
¿Por qué le dicen " el brujo" ?
—Porque aprendió el oficio de yerbatero. José se fue a vivir a Oxkutzcab y conoció a un viejito que se dedicaba a ello. El viejito le proporcionó un libro con el que ha aprendido mucho.
¿Cómo es José?
—Es una persona que le gusta ayudar a su prójimo. Compra refrigeradores y triciclos para regalárselos a personas que los necesitan, personas que son viciosas.
—Mi hijo compró un terreno en donde construyó palapas para albergar a gente con problemas con el alcohol. Funciona como un albergue donde se rehabilitan y posteriormente se reintegran a sus familias.
¿Dónde se encuentra el albergue y cómo funciona?
—Se encuentra en el kilómetro 65 de la carretera Tekax-Ticum. Se llama Factor X ADN y es para alcohólicos, drogadictos y neuróticos.
—José recoge a los borrachitos y los lleva a ese lugar. Mantiene a todos consiguiendo donativos en especie. Recolectan frutas y verduras y les compra tortillas. Mi hijo Felipe lo ayuda.
¿Cuál cree que sea el motivo de que lo acusen de robo?
—¿Puedo decirlo? —nos preguntó la Sra. María del Carmen, a lo que le contestamos que, desde luego, sí podía.
—Fue porque en la elección de 2007 José mandó a la gobernadora a hacer la cola cuando fue a votar a su casilla. Cuando ella llegó a votar quiso saltarse a todos y votar. Mi hijo no lo permitió.
¿Qué le diría a la Sra. Gobernadora si la tuviera enfrente?
—Le pediría el favor que dé la orden para que dejen libre a mi hijo. Si mi hijo tuvo problemas con la gobernadora fueron por cosas pequeñas. Si tanto le disgustó lo que le hizo mi hijo, debió de mandarle un citatorio para que platique con él y arreglen sus problemas, finalizó.