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Con el voto del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, con lo que sumaron cuatro, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó el proyecto de resolución del Ministro Fernando Franco que pretendía nulificar la reforma constitucional que protege la vida desde la concepción en Baja California, al considerar que no es contraria a la constitución.
De esta forma, los ministros de la corte dejaron establecido que la constitución general de la república protege la vida, que no se trata de establecer nuevos derechos, que los tratados internacionales suscritos por México defienden la vida y que las entidades de la república tienen la libertad de legislar al respecto, porque están ampliando estos derechos, no restringiéndolos ni cancelándolos.
Con el posicionamiento del ministro Pardo Rebolledo, los ministros dejaron claro que el derecho a la vida no se contrapone con los derechos de la mujer.
De esta forma, con los cuatro votos que hacen posible la invalidez de la ponencia del ministro Franco, es legal y vigente la reforma a favor del derecho a la vida en Baja California y también se mantienen las excusas absolutorias, de tal manera que las mujeres que aborten en casos de violación, acción imprudencial y peligro de vida contenidos en el Código Penal del estado, no serán objeto de sanciones.
Los ministros estuvieron de acuerdo en que el debate no se centra en la despenalización o no del aborto, sino de la reforma constitucional en Baja California y ahora se centrará en el caso de San Luis Potosí, para determinar si es constitucional.
En el debate de hoy, los ministros en contra del proyecto, dejaron claro que la reforma es constitucional porque la constitución y tratados internacionales sí establecen el reconocimiento del derecho a la vida.
Además subrayaron la libertad de configuración legislativa, es decir la libertad de los estados de legislar en la materia y que éste derecho a favor de la vida, no se contrapone, limita ni afecta los derechos en materia de sexualidad y reproducción de la mujer.
Fue el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien reinició el debate en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y se pronunció a favor de la reforma constitucional realizada en Baja California, que protege el derecho a la vida desde la concepción.
Pardo Rebolledo dejó claro que las excusas absolutorias que eximen de responsabilidad penal para los casos de aborto por violación, peligro de vida y malformación congénita, están contenidos en el código penal federal y el aborto no es propio de un texto constitucional, ni de la constitución federal, ni tampoco de la constitución de un estado.
Detalló que el hecho de que la reforma al artículo 7 de la constitución de Baja California no prevea en su texto la posibilidad de excepciones, no hace posible llegar a la afirmación de que en el caso concreto, las causas que señalan como no punible el aborto, sean contrarias a la constitución.
El ministro Pardo se unió a las posturas de los ministros que afirmaron que los estados tienen la facultad de modificar sus constituciones. Como la constitución no lo regula expresamente, no lo regula, ni lo reserva al ámbito de la federación, en uso de la libertad de configuración, los estados pueden legislar en materia del derecho a la vida, afirmó.
Agregó que de antemano no podríamos calificar de inconstitucional una medida que amplía el ámbito de protección de unos derechos, porque eventualmente pudieran entrar en conflicto con otros; es decir un derecho no se contrapone a otro.
Y es que agregó, hay casos que armonizan debidamente ambos derechos: el derecho a la vida del producto de la concepción y el disfrute pleno de las libertades de las mujeres sobre este punto.
Pardo rebolledo dijo que con base al artículo 124 constitucional que establece que los estados pueden legislar en materia del derecho a la vida, el momento del inicio de la vida también es de su competencia.
La postura del Ministro Pardo Rebolledo se unió a las de la ministra Margarita Luna Ramos, Guillermo Ortíz Mayagoitia y Salvador Aguirre Anguiano.