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En junio del 2009, Artículo 7 publicó que en el 2008 la Coordinación General de Comunicación Social (CGCS) pagó indebidamente 23 millones de pesos al periódico Por Esto! por supuestos servicios de "cobertura informativa" imposibles de comprobar —y por tanto presuntamente nunca brindados por dicho rotativo—, según reconociera el entonces director de Administración y Finanzas de dicha dependencia, Ing. Mario Candelario Mena Castro.
Respuesta del Secretario de la Contraloría, C.P. José Luis Peniche Patrón. Después de once meses de tener el asunto en su escritorio, por fin instruyó la revisión del mismo.
En respuesta a nuestra solicitud de información pública elaborada a este respecto, dicho funcionario señaló textual: En lo relacionado a la evidencia documental de la publicidad o cobertura de las facturas, después de una búsqueda en los archivos de esta dependencia, es inexistente documentación alguna que lo contenga (sic).
Constituyendo la respuesta del Ing. Mena Castro —quien después se supo que antes de dirigir el área administrativa de la CGCS fue réferi de boxeo— prácticamente una confesión de parte, el 17 de marzo de 2010 los integrantes del Consejo Editorial de este semanario presentamos una denuncia ante la Secretaría de la Contraloría General del Estado (SECOGEY) por los millones presuntamente desviados del erario estatal.
Por no tener conocimiento de algún avance de la denuncia hasta esa fecha, el 12 de mayo del 2010 requerimos a la SECOGEY el estatus que guardaba la misma mediante una solicitud de información pública. El 27 de ese mismo mes y año la Dirección de Normatividad, Quejas y Responsabilidades de la citada dependencia nos comunicó que el asunto se encontraba "en análisis y estudio de dictaminación de procedencia".
Habiendo dejado avanzar la "justicia" por sí sola durante casi un año más, el 15 de abril del 2011 nuevamente requerimos el estatus de la denuncia mediante otra solicitud de información pública que quedó registrada en la Unidad de Acceso a la Información Pública del Poder Ejecutivo (UNAIPE) bajo el folio 7576.
El 2 de mayo pasado, a través de la UANIPE, se recibió la respuesta de la Dirección de Normatividad, Quejas y Responsabilidades de la SECOGEY en donde, entre otras cosas, se nos informó que para dictaminar sobre la existencia o no de responsabilidades, se requería que, "de considerarlo procedente", el C. Secretario de la Contraloría General del Estado instruyera a la Dirección de Auditoría al Sector Centralizado adscrita a la Subcontraloría del Sector Estatal y Paraestatal la realización de una auditoría.
Asimismo, dicha Dirección de la SECOGEY nos comunicó que su dictamen en donde se requería la práctica de la auditoría referida, había sido remitido al C. Secretario de la Contraloría General al menos en tres ocasiones entre el 26 de mayo del 2010 y el 28 de junio de ese año, por lo que la misma "no tenía a su cargo el seguimiento del asunto".
Lo anterior significaba que el titular de la SECOGEY tenía el asunto en sus manos desde hacía 11 meses y, por tanto, que era él, y no otro, quien debió responder nuestra solicitud acerca del estatus que guardaba la denuncia en esa fecha.
Al no responder nuestra solicitud el Contralor estatal —quizás para no evidenciar el hecho de que la denuncia había dormido el sueño de los justos casi un año en su escritorio— y por ende no aclarársenos adecuadamente lo solicitado, interpusimos ante el Instituto Estatal de Acceso a la Información Pública (INAIP) un recurso de inconformidad el 17 de mayo del 2011, por el cual se formó el expediente marcado con el número 122/2011 de dicho instituto.
El 6 de julio del 2011, el INAIP resolvió al respecto ordenando a la UNAIPE modificar la resolución del 2 de mayo (en donde nos hacía llegar la respuesta de la Dirección de Normatividad, Quejas y Responsabilidades de la SECOGEY) en un plazo no mayor de cinco días hábiles, a fin de que el Secretario, el Subcontralor del Sector Estatal y Paraestatal y el Director de Auditoría al Sector Centralizado de la SECOGEY realicen la búsqueda exhaustiva de la información requerida y la entreguen.
Excediéndose groseramente del plazo estipulado sin ningún rubor, plasmando además cínicamente en el documento haber cumplido lo ordenado por el INAIP "en tiempo y forma", el 23 de agosto de este año por fin la UNAIPE emitió la nueva resolución en donde manifestó, exhibiendo los oficios por ellos elaborados al efecto, que ni el Subcontralor del Sector Estatal y Paraestatal ni el Director de Auditoría al Sector Centralizado tenían información al respecto por no haber ellos "recibido, tramitado o generado documentación alguna relacionada con la denuncia", pero que por lo que respecta al Secretario de la Contraloría General, "sí se encontró información" y por tanto se informaba que la denuncia estaba en "integración", previa instrucción girada mediante oficio XVII-957/2011 en el que se ordenó realizar la investigación procedente que permitiera el esclarecimiento de los hechos imputados.
Cabe mencionar que el oficio de instrucción de la investigación girado por el Contralor, no fue anexado a la nueva resolución de la UNAIPE y por ende se desconoce la fecha exacta y destinatario del mismo. Sin embargo, teniendo fecha 21 de julio el oficio XVII-1533/2011 que se nos acompañó a la respuesta de la UNAIPE, podemos inferir —si la asignación de los folios tuviera una asignación lineal en el tiempo— que el citado oficio corresponde a los primeros días del mes de mayo (casualmente cuando solicitamos el estatus de la denuncia por segunda ocasión). Por otra lado, aún así haya sido el destinatario del oficio el Órgano Interno de Control de la CGCS (el único que por sus atribuciones podía serlo además del Subcontralor y el Director que dijeron no tener información alguna de la denuncia), debió haberse turnado copia de dicho documento a alguno o incluso a los dos funcionarios, por ser ambos, superiores jerárquicos del titular del Órgano Interno de Control de la Coordinación de Comunicación Social.
De lo anterior se desprende que al menos desde hacía 2 meses tanto el Subcontralor como el Director de Auditoría debieron estar enterados de la auditoría o revisión que por este caso había supuestamente instruído el Contralor... ¿Por qué dijeron no tener información al respecto? ¿Hará falta otro recurso de inconformidad para conseguir el siguiente avance? JECM